Bajas laborales por IT

Perugorria

Nuevo miembro
Mi mujer ha estado durante casi un año de baja por fertilización. Tras muchos sacrificios y el fracaso del tratamiento, ha cogido una depresión por no poder tener hijos, y el médico le ha cambiado el diagnóstico. Mi duda surge si tras haber estado todo este tiempo de baja al cumplir el año le van a mandar a tribunal médico o bien con el cambio de diagnóstico del médico va a tener más tiempo para recuperarse sin andar pensando en que le puedan obligar a reincorporarse. Tengo entendido que los temas de depresión en tribunal médico suelen tener poco recorrido, y realmente no creo que está en condiciones de volver a trabajar con su estado de ánimo actual. ¿Cuanto tiempo puede estar de baja con el nuevo diagnóstico? ¿Se acumula el tiempo que ha estado de baja al nuevo tiempo que pueda estarlo ahora, o bien, por así decirlo, "el contador se pone a cero"?
 

Júpiter

Nuevo miembro
Creo que te estas haciendo un lío, nada tiene que ver el diagnostico.
A partir de la semana 52 de baja, ya no se emitirán mas partes MEDICOS por agotamiento y tu mujer empieza a depender de los medicos del INSS y serán los únicos competentes para iniciar un expediente de IP en el grado que corresponda por el EVI, darle el alta medica o prorrogarle seis meses más de baja.
Asi que ahora centrate en que muy pronto pasará una REVISION por el EVI.
Un saludo
 

Júpiter

Nuevo miembro
Deberías leer el art 131 bis parafo segundo.
Cerque si tu mujer se ha curado de una patología, lo normal es que le den el alta medica por curación, y a la vez le den baja por otra patología y empezar la cuenta desde cero.
Esto es un caso extraño, lo normal es que a los doce meses de baja y por agotamiento, pase a una REVISION por el EVI.
Pero me dices que quiere enlazar la curación de una patología, con el inicio de otra patología diferente.
Esto es un problema que telo han de resolver los MEDICOS.

Ya te digo, si coges una baja medica y te curas, lo lógico es que te den el alta medica y te incorpores al trabajo.
Es un caso atípico. lee tambien el art128 y siguientes de la LGSS.
Solo bienen casos por la misma o similar patología, pero no de distinta patología, quizás los MEDICOS puedas empalmar la baja de diferentes patologias, pero no lo sé.
Consulta con la INSPECCION medica.
Un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
En primer lugar ya tuvo suerte que le pagasen subsidio por un tratamiento de fertilidad. En segundo lugar, sí, debe de darse de alta de la primera patología y luego de baja por depresión para que comience un nuevo cómputo de 12 + 6 meses.
 

Júpiter

Nuevo miembro
Pensándolo mucho, la depresión a sido causa de no haber conseguido el propósito de la primera patologia,por tanto nos podemos encontrar que la baja continuada de la nueva enfermedad es como consecuencia de la primera y por consiguiente estando de baja 12 meses el EVI puede citarle para que pase REVISION en cualquier momento.
Pero esto solo lo puede saber la INSPECCION medica. ( me refiero a la REVISION por agotamiento del plazo)
Perugorria tampoco nos dice si le han dado el alta por la primera enfermedad y la baja por la segunda, godo en el mismo dia.
Ósea que faltan datos.
Un saludo
 
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