Base de cotización pluriactividad

TMT

Miembro activo
Si una persona esta dada de alta en régimen general cotizando por la base máxima, ¿si se da de alta en autónomos puede solicitar una base que quiera sin tener en cuenta los rendimientos netos? ¿ o tiene que elegir una que corresponda a los tramos según rendimientos?

Esta claro que después le devuelven el exceso, pero tener que cotizar mucho en autónomos ( ya que su base seria también muy alta) para que luego te devuelvan poco con respecto a lo que has cotizado. En pluriempleo no pasaría eso. Además el art 28 de la Ley 14/2013 esta derogada, en el que si podía elegir una reducida.

No veo nada.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo que hay es la regularización de oficio por pluriactividad, articulo 313 de la LGSS.

En todo caso, siendo las cotizaciones por tramos "año en curso" meramente provisionales, a la espera de la regularización por rendimientos reales de año+1, se podría tener una casuística peculiar:
Regularización a pagar, por infracotización RETA + Regularización a devolver, por exceso pluriactividad.

Por tanto, realmente elegir base de cotización depende más que nada de la capacidad de tesorería.
Si ese trabajador sabe que entre RG y RETA le va a sobrar mucha cuota, puede hacer una previsión muy a la baja, solicitar una base pequeña, y ya luego, sumando lo que suma y restando lo que resta, quizás incluso se quede a 0.
 

TMT

Miembro activo
Si al final le van a regularizar según su rendimiento el pedir una base pequeña ahora y después pagar en una sola cuota la diferencia que será además alta para que después le devuelvan una parte del exceso establecido.

¿ tu no ves que se pueda pedir una base pequeña ( sin ajustarla a rendimientos reales) por estar en pluriactividad y sumar entres las dos bases la máxima, como se hace en pluriempleo? Además se ha derogado el art. 28 que si podías elegir una base reducida en caso de pluriactividad
 
Arriba