Una pregunta muy concreta. Tengo un trabajador con contrato de relevo, el trabajador jubilado parcial tenía una base aprox de 2.300 euros, como el trabajador de relevo tiene que tener una base de cotización que no puede ser inferior al 65% de la base que tenía el jubilado parcial, quiere decir que no puede ser inferior a 1.495, pero mi pregunta viene ahora. Puesto que el trabajador tiene una jornada de 75% que compatibiliza con la del 25% del jubilado parcial ¿le puedo aplicar tambien este porcentaje de reducción?, o sea que le calculamos de nuevo este 75% de jornada se queda en que la base de cotización no puede ser inferior a 1.121,25 ¿esto es correcto? Muchas gracias