BASE REGULADORA IT AGRARIO CUENTA AJENA

GEMMAMAT

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BUENAS TARDES :

A VER SI ME SACAIS DE DUDAS:

TRABAJADOR CTA AJENA AGRARIO CON CONTRATO FIJO DISCONTINUO A JORNADAS REALES.
ME PODEIS DECIR COMO SE CALCULA LA BASE REGULADORA. LA SEGURIDAD SOCIAL ME DICE UNA COSA , LA MUTUA OTRA.
YO LO HE INFORMADO COMO ME DIJO LA MUTUA ( BASE DE LOS ULTIMOS TRES MESES DIVIDIDA POR LOS DÍAS NATURALES) , PERO CUAL ES MI SORPRESA QUE ME DA ERROR EN LA LIQUIDACIÓN FAN Y ME LA DEVUELVE: " BASES INCOHERENTES, BASES INFERIORES A LA MINIMA"

UFFF!!!

 

EL NOMINAS

Miembro activo
En el Régimen agrario como empresa y a la hora de cotizar deber de sacar la base de cotizacion por jornadas reales. Y pagar i/o cotizar por las jornadas previstas (osea las que le hubiera tocado trabajar). Otra cosa es la mutua que en caso de accidente ellos calculan la prestación por días naturales al desconocer las jornadasa previstas. En fin tu calcula y comunica al INSS la base por jornadas reales y que la mutua se apañe con el pago (injusto) por días naturales.
 

MAJOGA

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Hola. Me viene al pelo este hilo. A ver, conozco bastante poco este régimen, sólo tengo una empresa y contrata de higos a brevas, vamos, que es todo un galimatías para mi este régimen. Es la primera vez que tengo un trabajador agrario de baja por accidente de trabajo. En diciembre tiene una única jornada real, la base de cotización es de 60,26. Al introducir la incidencia en el programa laboral, éste me calcula para contingencias comunes una base reguladora de 60,26, pero para accidentes me calcula 20,09......yo creo que no es correcto y por ello tengo que contactar con los del programa, pero es lo que yo creo. ¿Es correcta esa base reguladora?
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Correctisimo, la base de at. es 60,26. Ese trabajador lo tienes dado de alta tres días de los que ha trabajado solo uno. A que sí?. Tu programa esta cogiendo lo ganado en la jornada real y diviéndolo por los trs días naturales = 20,09. Si te urge normalmente puedes forzar la base en tu programa, y posteriormente comentar la incidencia a los del programa de nóminas.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Con la respuesta me doy cuenta que me he dejado información. La baja es de este mes de enero y ha trabajado el día 2 y el 3, día del accidente. El contrato ha terminado hoy día 12. Lo que no se es si le pondrán alguna jornada prevista.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Pues la base diaria de at. será la suma de la base de cotización de esos dos días dividida por dos.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Otra consulta respecto de este tema, esta vez de las bases de cotización. ¿Son diferentes la de contingencias comunes de la de AT y EP y cuotas de recaudación conjunta?. Lo digo porque en la de contingencias comunes me sale 241,04€, que son los 60,26 de una jornada real multiplicado por 4, 2 jornadas reales y dos previstas, pero en la base de AT y EP me dan 662 y pico......ni idea de donde sale. El trabajador ha estado de alta en la empresa del 1 de enero al 12 que ha finalizado el contrato. Se que tendría que llamar al programa de nominas, pero quiero saber alguna información antes porque seguro que me diran que si sale eso, esta bien, tampoco se aclaran mucho con este régimen y al mes que viene, la que recibirá respuesta de SILTRA con errores sere yo. Aparte que tengo que hacer el certificado para el desempleo y tengo que hacerlo bien, lógico.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
MAJOGA tienen que dar lo mismo en el agrario no hay horas extras. Tengo un excel para el agrario con los datos del 2016, lo tengo que actualizar para el 2017. Si quieres te lo paso.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Eso es lo que quería confirmar, asi cuando hable con los del programa que miren lo que tengan que mirar, a ver si tengo algo mal configurado y no me larguen enseguida diciendo que esta bien, porque sin saber mucho de agrario, si me parece que las bases han de ser iguales. Es un programa nuevo y aun no se muy bien como va el tema de configurar los cálculos.

Por otro lado, si me pasas esa información que dices que tienes, te estaría muy agradecida.

Un saludo
 
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