BASE REGULADORA IT

Noe

Miembro
Buenas tardes,
me surgen dudas sobre cómo calcular la base reguladora de una IT por Enfermedad común que empieza en febrero. Se trata de un trabajador con contrato indefinido a tiempo completo (100) y cotización mensual. Entiendo que se debe coger la base de cotización del mes anterior a la baja. En este caso la base de cotización del mes de enero dividida por los 30 días del mes.
La duda me surge cuando esta trabajadora ha tenido en el año anterior horas extraordinarias y no se si las debe de tener en cuenta para el calculo de la base reguladora.
En algunos sitios veo que solo se tienen en cuenta cuando es una IT derivada de contingencias profesionales, por lo que en este caso no se deberían tener en cuenta.
En cambio, en otros sitios, veo que siempre se tienen en cuenta para la base de accidentes independientemente de si la IT deriva de contingencias comunes o profesionales. Y mi programa de nóminas lo que hace es que para la base reguladora de CC tiene en cuenta solo la del mes anterior y para la base de accidentes tiene en cuenta la del mes anterior + el promedio de bases de las horas extras ¿es esto correcto? Porque entonces me sale una base de cotización por CC diferente a la de base de cotización por Accidentes.
 

toni

Miembro conocido
Es correcto que las BC sean diferentes, pues se tienen en cuenta para AT, no para CC.
 

Noe

Miembro
Entonces si un trabajador tiene una IT y en el año anterior ha tenido horas extras, siempre van a ser diferentes las bases de CC y de AT, independientemente del tipo de contingencia que sea.
 

Noe

Miembro
Esa era mi duda. En mi caso la IT es por enfermedad común. ¿Es correcto que sean diferentes bases?
 

Noelia27

Miembro activo
Buenas tardes,
me surgen dudas sobre cómo calcular la base reguladora de una IT por Enfermedad común que empieza en febrero. Se trata de un trabajador con contrato indefinido a tiempo completo (100) y cotización mensual. Entiendo que se debe coger la base de cotización del mes anterior a la baja. En este caso la base de cotización del mes de enero dividida por los 30 días del mes.
La duda me surge cuando esta trabajadora ha tenido en el año anterior horas extraordinarias y no se si las debe de tener en cuenta para el calculo de la base reguladora.
En algunos sitios veo que solo se tienen en cuenta cuando es una IT derivada de contingencias profesionales, por lo que en este caso no se deberían tener en cuenta.
En cambio, en otros sitios, veo que siempre se tienen en cuenta para la base de accidentes independientemente de si la IT deriva de contingencias comunes o profesionales. Y mi programa de nóminas lo que hace es que para la base reguladora de CC tiene en cuenta solo la del mes anterior y para la base de accidentes tiene en cuenta la del mes anterior + el promedio de bases de las horas extras ¿es esto correcto? Porque entonces me sale una base de cotización por CC diferente a la de base de cotización por Accidentes.
Buenos días,

Es que por un lado está la base reguladora y por otro, las bases de cotización.
Para la base de accidentes se tiene en cuenta la del mes anterior + el promedio de bases de horas extras, independientemente de si se trata de enfermedad común o accidente.
 
Arriba