Bases de contingencias comunes y profesionales

Hola, me estoy volviendo tarumba con esto, y es que llevo tiempo sin trabajar con bases mínimas y ahora no me cuadra lo que hace el programa y no sé si es correcto, a ver si alguien me ilumina por favor.
Un trabajador con cobro y cotización diario, salario en mes de 31 días 1147.27 con las pagas prorrateadas, su base de CC es 1163.43, el tope mínimo ya que está por debajo el total devengado, ok, pero en base de cp me calcula 1147,27. No debería de ser también el mínimo de 1163.43? Ay, por favor a ver si alguien me ilumina.
Gracias.
 

pepito

Miembro activo
Hola Lau

la mínima es para las contingencias comunes, las profesionales van a base real

Un saludo
Joder, a mí también me ha pasado. Y donde pone eso, Nana?? Yo siempre he pensado que eran iguales salvo que hubiera horas extras....creo que cada vez se menos ....
 

Nana

Miembro conocido
Hola pepito

pues más que por donde se ponga, es más por omisión... si te fijas, en la publicación de las nuevas bases del pasado mes de diciembre 2021, se establece lo siguiente en el articulo 3:

Artículo 3. Bases máximas y mínimas de cotización.​

Desde el 1 de septiembre de 2021, la cotización al Régimen General por contingencias comunes estará limitada para cada grupo de categorías profesionales por las bases mínimas y máximas siguientes:

Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimas

Euros/mes
Desde el 1 de septiembre 2021
Bases máximas

Euros/mes
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.1.572,304.070,10
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados.1.303,804.070,10
3Jefes Administrativos y de Taller.1.134,304.070,10
4Ayudantes no Titulados.1.125,904.070,10
5Oficiales Administrativos.1.125,904.070,10
6Subalternos.1.125,904.070,10
7Auxiliares Administrativos.1.125,904.070,10
Grupo de cotizaciónCategorías profesionalesBases mínimas

Euros/día
Desde el 1 de septiembre 2021
Bases máximas

Euros/día
8Oficiales de primera y segunda.37,53135,67
9Oficiales de tercera y especialistas.37,53135,67
10Peones.37,53135,67
11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.37,53135,67

Como ves, no habla de contingencias profesionales, por eso os digo que las BCC van a mínimo y las BCP van a base real

Son supuestos puntuales, casi siempre coinciden pero pensad en el ejemplo del RGA, normalmente van al grupo 1 pero a veces cobran miserias, por lo que la BCC será la del grupo 1 pero la BSP será la "real", no sé si me he explicado 😅
 

Jhony

Nuevo miembro
Hola Lau, en mi opinión, teniendo en cuenta la orden de cotización publicada en Diciembre 2021 si el trabajador tiene cotización diaria, la base mínima C.C de Enero sería 37,53 * 31 dias=1.163,43 €, que es lo que te pone tu programa, pero el tope mínimo de cotización (base mínima de contingencias profesionales) es de 1.125,90 € (37,53*30días) independientemente de que tenga cotización diaria y el mes tenga 30,31 o 28 días. Por lo tanto tu programa lo hace correctamente ya que su salario es de 1.147,27 € y dicho importe está por encima del tope mínimo de cotización.
De hecho los 1.125,90 € aparecen en la página de la seguridad social, pego pantallazo:
1645705923972.png
Tambíen aparece en la orden de cotización del 2021 (publicada el 04/12/2021) en el art. 2.2, pego pantallazo:
1645706055695.png
P.D: Me temo que en breve publicarán la orden de cotización con efectos desde el 01/01/2022 y por lo tanto habrá que revisar si las bases que te puso tu programa superan la nueva base y tope de cotización mínimo que establezcan.
 
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