BASES EN IT

TMT

Miembro conocido
Creo que ya sed ha hablado pero no encuentro el hilo. Han actualizado las bases de cotización y tengo un trabajador con baja de it desde noviembre de 2025. La base reguladora era 1381,20 (mínima de 2025) Calculo la nómina de marzo y me sube la base a 1424,40 pero también me sube la prestación. Entiendo que la prestación no la tiene que subir ya que la base reguladora que es la del mes de octubre de 2025 no ha cambiado. Yo esto no lo veo correcto. Lo de la base de cotización igual si pero lo de la prestación entiendo que no porque viene del 2025 y la mutua me va a sacar diferencia ya que no hay incremento de bases del 2025.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Creo que ya sed ha hablado pero no encuentro el hilo. Han actualizado las bases de cotización y tengo un trabajador con baja de it desde noviembre de 2025. La base reguladora era 1381,20 (mínima de 2025) Calculo la nómina de marzo y me sube la base a 1424,40 pero también me sube la prestación. Entiendo que la prestación no la tiene que subir ya que la base reguladora que es la del mes de octubre de 2025 no ha cambiado. Yo esto no lo veo correcto. Lo de la base de cotización igual si pero lo de la prestación entiendo que no porque viene del 2025 y la mutua me va a sacar diferencia ya que no hay incremento de bases del 2025.
La base si que se tiene que actualizar, pero la BR de la IT es la misma del principio.
 

fundación

Miembro conocido
Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional de la persona trabajadora. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará desde la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional de la persona trabajadora. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará desde la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
GRACIAS
 

TMT

Miembro conocido
Salvo en los supuestos en que por disposición legal se establezca lo contrario, en ningún caso la base de cotización por contingencias comunes, en las situaciones a que se refiere este artículo, podrá ser inferior a la base mínima vigente en cada momento correspondiente a la categoría profesional de la persona trabajadora. A tal efecto, el correspondiente subsidio se actualizará desde la fecha de entrada en vigor de la nueva base mínima de cotización.
¿ Esto quiere decir que si que hay que subir la prestación aunque venga del 2025 y en esa fecha no hay cambio de base? En que art estaba èsto?
 

TMT

Miembro conocido
Gracias. Ya lo encontré . Por tanto sube la base de cotización y la prestación de it también. Nunca me había pasado con una it de base mínima.
 
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