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Base de Cotización 48 ó más años de edad.
Trabajadores que a 01/01/2018, tengan cumplida la edad de 48 o más años, la base de cotización estará comprendida entre las cuantías de 992,10 y 2.023,50 euros mensuales.
En el caso del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este régimen especial con 45 o más años de edad, la elección de bases estará comprendida entre las cuantías de 919,80 y 2.023,50 euros mensuales.