Boletin RED 8/2022 de 3 de agosto ¿boletín fantasma?

BELEN

Miembro conocido
Buenos dias....ayer por la tarde me entró mail con la publicación de este nuevo boletín...pero imposible verlo, no está ¿os pasa a todos?
 

MarLo

Miembro conocido
yo tampoco lo veo... una fantasmada más de TGSS, primero nos ponen en tensión y luego pumba!. Servían para guionistas de películas de sustos

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BELEN

Miembro conocido
pues sí, miedo me da... a saber qué se han inventado ahora sobre el ingreso de diferencias ....
 

pajarillo

Miembro conocido
Tengo la convicción, no basada en datos empíricos, que la ss fue ciberatacada la semana pasada (¿os acordáis?) por algún ente hostíl, y no quieren reconocerlo.
 

MarLo

Miembro conocido
pues sí, miedo me da... a saber qué se han inventado ahora sobre el ingreso de diferencias ....
igual es lo de la subida de bases con efectos retroactivos, lo de este año de enero/febrero. Cómo harán y plazos para hacer los pagos
 

Arvillena

Miembro activo
Van a meter rectificativas de enero y febrero en pleno agosto.

Fijo porque la Orden esa establecía que esas diferencias debían pagarse antes del 30 de septiembre.

Sin palabras.
 

MarLo

Miembro conocido
Tengo la convicción, no basada en datos empíricos, que la ss fue ciberatacada la semana pasada (¿os acordáis?) por algún ente hostíl, y no quieren reconocerlo.
algo leí en una noticia de prensa de que estaban avisando a los empleados que apagaran los ordenadores al acabar la jornada de trabajo por posibles ataques de hackers rusos a ordenardores que quedaban encendidos, a ver si la encuentro (la noticia) por que tenía su punto. Les avisaban de que hicieran algo de los más normal, vamos, sólo les faltaba decirles que el último que saliera apagase la luz
 

BELEN

Miembro conocido
igual es lo de la subida de bases con efectos retroactivos, lo de este año de enero/febrero. Cómo harán y plazos para hacer los pagos
ay es verdad, quedan pendientes, pero esos meses también lo iban a calcular ellos, y se supone además que ya teníamos bases mínimas y tendremos pocas diferencias ¿no? 🙏🙏🙏
 

MarLo

Miembro conocido
ay es verdad, quedan pendientes, pero esos meses también lo iban a calcular ellos, y se supone además que ya teníamos bases mínimas y tendremos pocas diferencias ¿no? 🙏🙏🙏
igual que para septiembre/octubre. Quedaron de hacer unas paralelas y enviarnos un aviso para generar el documento de pago cuando hubiese diferencias a ingresar. Los famosos céntimos que en alguna tgss decían que sino se pagaban no generaban deuda (🥱) Estaba eso pendiente
 
Última edición:

fundación

Miembro conocido
Es que hay dos funcionarios para las tareas porque es mucho trajín para uno solo, claro está. Uno envía el email y otro sube el archivo al servidor, pero éste se cogió las vacaciones y no dijo nada al otro.
 

MarLo

Miembro conocido
Desde que tienen que apagar los ordenadores al final de la jornada y volver a encenderlos al día siguiente, toooodo va más lento

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Arvillena

Miembro activo
ay es verdad, quedan pendientes, pero esos meses también lo iban a calcular ellos, y se supone además que ya teníamos bases mínimas y tendremos pocas diferencias ¿no? 🙏🙏🙏
Jajaja, la historia podría ser la siguiente:

Muchos programas no aplicaban las bases mínimas esperando movimiento de la Seguridad Social, (no se fiaban ni un pelo) por lo que las nóminas podían ir con base inferior.

Algunos compañeros, elevaron las bases a mano y pusieron lógicamente 1166,67 euretes de base mínima. Peeeeeeero, llegó seguridad social y metió tres céntimos más a la base mínima y la dejó en 1166,70.

Qué pasará? Reclamarán un céntimo ?

En mi opinión si va haber algunas cuantas, pero espero equivocarme. Es agosto joder, y estamos aniquilados !!!
 

BELEN

Miembro conocido
Jajaja, la historia podría ser la siguiente:

Muchos programas no aplicaban las bases mínimas esperando movimiento de la Seguridad Social, (no se fiaban ni un pelo) por lo que las nóminas podían ir con base inferior.

Algunos compañeros, elevaron las bases a mano y pusieron lógicamente 1166,67 euretes de base mínima. Peeeeeeero, llegó seguridad social y metió tres céntimos más a la base mínima y la dejó en 1166,70.

Qué pasará? Reclamarán un céntimo ?

En mi opinión si va haber algunas cuantas, pero espero equivocarme. Es agosto joder, y estamos aniquilados !!!
me dejé los ojos, y a manopla 1166,70 (mejor que sobre que no que falte pensé) pero alguno se habrá escapado probablemente
 

MarLo

Miembro conocido
Habrá funcionarios que no lo han apagado durante años porque no sabrán ni encenderlo luego.
estaban acostumbrados a sentarse en cuanto fichaban y ponerse a leer prensa on line sin esperar a que el equipo arrancase, por eso lo dejaban encendido (estoy generalizando, claro, habrá de todo...)
 

elchuske

Miembro conocido
Y porque pensáis que están trabajando??? digo trabajando no calentando silla. No veas la cantidad de fotos que tienen que visualizar de los compis que si están de vacaciones, Es un trajín que los deja agotados como para ponerse a subir archivos, que no que no. Pedro esto no es lo malo. Ahora para no trabajar ya tienen excusa. Una más. Trabajar a 27 grados va a ser que no que la neurona que les queda lo mismo con tanto calor se les derrite y que van a hacer??? Bueno lo de siempre cuchipandear. No me digáis😀😀😀 que el verbo no me ha quedado bien. lo patento
 

MarLo

Miembro conocido
albricias!, ya aparece...


Tal y como se indicó en el BNR 4/2022 de 1 de abril de 2022, a partir del próximo 3 de agosto se inicia el proceso de actualización motivado por la publicación extemporánea de la Orden PCM/244/2022, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022, correspondiente a liquidaciones presentadas en la recaudación de febrero y marzo de 2022 que afecten a períodos de liquidación de enero y febrero de 2022. De acuerdo con lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la citada Orden: “Ingreso de diferencias de cotización”. 1. Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de enero de 2022, se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo en el plazo que finalizará el último día del sexto mes siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» (30 de septiembre) La Tesorería General de la Seguridad Social va a realizar un proceso de actualización masiva de todas las liquidaciones afectadas por las modificaciones introducidas por la Orden PCM/244/2022. Este proceso se va a iniciar el 3 de agosto de 2022 con las liquidaciones de cuotas presentadas en la recaudación de febrero de 2022 (período de liquidación de enero de 2022) y continuará progresivamente, con las liquidaciones de cuotas presentadas en la recaudación de marzo de 2022 (período de liquidación de febrero de 2022). El procedimiento será el siguiente: • Una vez actualizada la liquidación por la Tesorería General de la Seguridad Social, el usuario recibirá un fichero en el que se informa que la liquidación ha sido rectificada, así como la Relación Nominal de Trabajadores de la liquidación rectificativa y el Documento de Cálculo de la nueva liquidación. Estos ficheros no se recibirán en aquellos supuestos en los que la liquidación rectificativa sea de igual importe al de la liquidación inicial. • Si, a consecuencia de la actualización, el importe fuera superior al inicialmente calculado y por tanto se tuviera que ingresar la diferencia, se deberá obtener el documento de pago TC1/31 a través del Servicio de “consulta y obtención de recibos fuera de plazo” existente en la oficina virtual del sistema RED. Se recuerda que para el pago de estas diferencias no se van a efectuar cargos en cuenta ni es posible pagar con el boletín electrónico previsto para plazo reglamentario, solo se puede efectuar a través del mencionado TC1/31. Debe tenerse en cuenta que este servicio antes mencionado ofrece información de las liquidaciones de cuotas pendientes de ingreso en función del periodo de liquidación por lo que, en este supuesto, dichas liquidaciones de cuotas tendrán el mismo periodo de liquidación que la inicial, aunque podrán figurar con un número de liquidación diferente, en función de las actuaciones que se hayan realizado en los sistemas de información de la TGSS. Este documento TC1/31 se podrá obtener a partir del 10 de AGOSTO respecto a las liquidaciones presentadas en la recaudación de febrero de 2022 correspondientes al período de liquidación de enero de 2022 y a partir del día 5 de SEPTIEMBRE, respecto de las liquidaciones presentadas en la recaudación de marzo de 2022 que afecten a períodos de enero y febrero 2022. También se recuerda que los ingresos por transferencia o tarjeta, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, se entenderán realizados en la fecha en que los fondos tengan entrada en la cuenta de destino del ingreso, por lo que se recomienda realizar los ingresos antes del día 30 de septiembre para evitar la aplicación de recargos por ingresar fuera de plazo. En el supuesto de que, a pesar de las advertencias efectuadas en el Boletín de Noticias 4/2022, se hubieran presentado liquidaciones complementarias con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Orden PCM/244/2022, antes de efectuar el ingreso de las diferencias mediante el boletín TC1/31, deberán regularizar la situación mediante la presentación de un caso CASIA, que estará disponible en los próximos días, con la siguiente categorización: • Tipo de caso: Trámite • Materia: Recaudación • Categoría: liquidaciones complementarias • Subcategoría: Orden Cotización 2022.
 
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