BONIFICACIÓN DE CUOTAS DE EMPLEADOS DE HOGAR

Clo

Nuevo miembro
Hola!
A fecha 31/05 acabó un contrato de empleada de hogar fija, y tenemos que hacer prórroga.
La empleadora me comunica que acaba de tener su tercer hijo, por lo que ya son familia numerosa.
Si se contrata empleada de hogar para trabajar exclusivamente con los niños, siempre que ambos progenitores trabajen, se obtiene bonificación de cuotas en la seguridad social.
Dudas:
1.- ¿Cómo proceder si ya está dada de alta como empleada de hogar normal (también limpia)? ¿Hay que hacer baja y nueva alta, con un contrato que especifique su nuevo trabajo?
¿O bastaría especificarlo en la prórroga y sólo presentar variación de datos en tgss?
2.-¿Pensáis que podrían acogerse a la bonificación si uno de los progenitores trabaja, pero no de forma continuada? (trabaja haciendo sustituciones, por lo que el ritmo es bastante irregular, y a veces, cuando no hay trabajo, percibe desempleo...)
Gracias y saludos,
 

Pedro G

Miembro
Desconocía que existiera esa bonificación, pero mirando en la página web de la TGSS dice lo siguiente:

El empleador deberá acreditar ante la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente, la condición de familia numerosa, acompañada de una declaración firmada por el empleado de hogar en el sentido de que, su actividad en el hogar consiste exclusivamente, en el cuidado o atención de los miembros de dicha familia numerosa, o de quienes convivan en el domicilio de la misma.

Mi consejo es que lo hables con tu Administración de la Tesorería para ver que criterios se tienen en cuenta para aplicar dicha bonificación.
 
Arriba