Bonificación 366 euros contratos sustitución maternidad/paternidad

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Los Artículos 17 y 18 del RD-Ley 1/2023 regulan las nuevas bonificaciones en los contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras en descanso por paternidad y maternidad.
Hasta el 31 de agosto se bonifica el 100% de la cotización de la persona sustituta y de la sustituida
A partir del 1 de septiembre la bonificación será de 366 euros y la persona sustituta deberá ser menor de 30 años y estar apuntada como demandante de empleo.

Pregunta, los 366 euros son para la persona sustituta o para sustituta y sustituida (como anteriormente)
Muchas gracias
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos días
Los Artículos 17 y 18 del RD-Ley 1/2023 regulan las nuevas bonificaciones en los contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras en descanso por paternidad y maternidad.
Hasta el 31 de agosto se bonifica el 100% de la cotización de la persona sustituta y de la sustituida
A partir del 1 de septiembre la bonificación será de 366 euros y la persona sustituta deberá ser menor de 30 años y estar apuntada como demandante de empleo.

Pregunta, los 366 euros son para la persona sustituta o para sustituta y sustituida (como anteriormente)
Muchas gracias
para los dos. Sustituto menor de 30 años para poder bonificar y que no haya tenido relación previa con la empresa contratante: 12 (indefinido)/ 6 (temporal) meses

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Leovigildo

Miembro activo
Entiendo que como hasta ahora, con el hecho de estar un día como demandante de empleo y el DARDE, ¿nos valdría?
 

MarLo

Miembro conocido
Entiendo que como hasta ahora, con el hecho de estar un día como demandante de empleo y el DARDE, ¿nos valdría?
si la duda es si un trabajador que estuvo vinculado a la empresa (en los 6 meses anteriores si fue contrato temporal o durante un año en caso de indefinido), puede dar lugar a un contrato de sustitución paternidad/maternidad bonificado, pasándolo un día por el sepe como demandante, parece que ahora ya no se puede... decían que lo iban a modificar para que el mismo trabajador que cubría la bajo por riesgo pudiese cubrir la de maternidad, pero por ahora sin noticias....
 

Leovigildo

Miembro activo
De momento tengo una reanudación de baja de paternidad más sustitución, confirmada justo a partir de 01/09/2023 por lo que aplicaré el criterio que había.
 

Argi

Miembro conocido
si la duda es si un trabajador que estuvo vinculado a la empresa (en los 6 meses anteriores si fue contrato temporal o durante un año en caso de indefinido), puede dar lugar a un contrato de sustitución paternidad/maternidad bonificado, pasándolo un día por el sepe como demandante, parece que ahora ya no se puede... decían que lo iban a modificar para que el mismo trabajador que cubría la bajo por riesgo pudiese cubrir la de maternidad, pero por ahora sin noticias....
Tiene telita la cosa
 

YOLI

Miembro activo
hola

una pregunta, las bajas maternales y paternales que tenemos de antes del 1 de septiembre siguen con la bonificacion al 100% hasta que acaben verdad? Supongo que será la nueva bonificación a partir de las bajas que se cojan desde el 1 de septiembre supongo.
 

isaaa

Miembro
¿Dónde dice que el sustituto no haya estado vinculado a la empresa (en los 6 meses anteriores si fue contrato temporal o durante un año en caso de indefinido)?, el artículo 17 del Real Decreto 1/2023 no lo dice...
Yo iba a hacer la sustitucion enviando al paro al que cubría la baja...¿Ya no puedo?
 

isaaa

Miembro
A mí también me parece muy fuerte, cada vez hay menos bonificaciones y encima con más exigencias. Pues no le bonificaré, qué voy a hacer....
 
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