Bonificación autonoma y trabajador tras maternidad:

francis

Nuevo miembro
Buenos días tengo una duda, la autonoma ha dado a luz y va a contratar para sutituirle durante 6 semanas mediante un contrato de interinidad a jornada completa pero despues de las 6 semanas de descanso lo va a solicitar a tiempo parcial con 50% de jornada,  mi pregunta es si hay algún problema respecto a las bonificaciones de la autonoma y del trabajador interino. gracias
 

ANUSKILLA

Nuevo miembro
El articulo 38 de LETA hace referencia a lo siguiente:
1. A la cotización de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, sustituidos durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, mediante los contratos de interinidad bonificados, celebrados con desempleados a que se refiere el Real Decreto-Ley 11/1998, de 4 de septiembre, les será de aplicación una bonificación del 100 por cien de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda el tipo de cotización establecido como obligatorio para trabajadores incluidos en el régimen especial de Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.

2. Solo será de aplicación esta bonificación mientras coincidan en el tiempo la suspensión de actividad por dichas causas y el contrato de interinidad del sustituto y, en todo caso, con el límite máximo del periodo de suspensión.

Por ningún lado nos hable que en el caso de maternidad a tiempo parcial y siempre que siga con el contrato de interinidad para su sustitución nos reduzcan a la mitad la bonificación en la cuota de autónomos.
 
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