BONIFICACION AUTONOMO REQUISITO CORRIENTE OBLIGACIONES

ISABEL

Miembro
Buenos días; para que un autónomo tenga la reducción inicial de 60€/mes, a parte del resto de requisitos, ¿se exige estar al corriente de pagos con la TGSS y la Agencia Tributaria? No veo el requisito en la información que proporciona la TGSS. Gracias
 

ISABEL

Miembro
Me autorespondo. La TGSS debería poner esto con letras bien visibles en su información de la web.

Los preceptos que establecen el requisito en cuestión son el artículo 5 de la Ley 43/2006, en la redacción que le dio la Ley 31/2015 y el artículo 20.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

"Artículo 5 Ley 43/2006, de 29 de diciembre. Requisitos de los beneficiarios.

Los beneficiarios de las bonificaciones previstas en este Programa deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones correspondientes. Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se producirá la pérdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente Programa, respecto de las cuotas correspondientes a períodos no ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el cómputo del tiempo máximo de bonificación.

b) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto".


"Artículo 20 LGSS. Adquisición, mantenimiento, pérdida y reintegro de beneficios en la cotización

1. Únicamente podrán obtener reducciones, bonificaciones o cualquier otro beneficio en las bases, tipos y cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, las empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar que se entienda que se encuentren al corriente en el pago de las mismas en la fecha de su concesión".
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NOEMI

Miembro conocido
Buenos días; para que un autónomo tenga la reducción inicial de 60€/mes, a parte del resto de requisitos, ¿se exige estar al corriente de pagos con la TGSS y la Agencia Tributaria? No veo el requisito en la información que proporciona la TGSS. Gracias
creo que si, de hecho si tienes deudas no te aplica la bonificación, yo no he tenido el caso pero en un grupo de facebbok en el que participo estuvieron hablando esta semana de este tema
 
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