BONIFICACION HOSTELERIA FIJOS DISCONTINUOS 50%

loli

Miembro
Buenas tardes, podemos ya beneficiarnos de las bonificaciones fijos discontinuos hosteleria 50%?
sabeis si la forma son las mismas que años anteriores? es decir presentacion moderlo FC017 y 420
muchas gracias
 

NOMCIUT

Miembro
Sí, es lo mismo

Apreciado colaborador

Como se venía a informar en el Boletín Noticias RED 7/2021 -apartado TRABAJADORES CON CONTRATOS FIJOS DISCONTINUOS EN LOS SECTORES DE TURISMO, Y COMERCIO Y HOSTELERÍA VINCULADOS A LA ACTIVIDAD TURISTÍCA – la Disposición adicional centésima vigésima segunda de la LEY 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, sobre medidas de apoyo a la prolongación del período de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística, indica lo siguiente:

Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA VINCULACIÓN AL SECTOR DEL TURISMO

Se recuerda que, para la aplicación del citado beneficio en la cotización, ya no es necesaria la presentación de una declaración responsable respecto de cada mes de devengo al que se pretenda acceder al incentivo, tal y como venía exigiendo durante el ejercicio de 2020, siendo suficiente la presentación de una única declaración responsable por CCC.

IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS A LAS QUE RESULTEN DE APLICACIÓN LAS BONIFICACIONES

Actuaciones en el ámbito de Afiliación

Forma de identificación:


Valor del campo TIPO SITUACIÓN ADICIONAL: La identificación de los trabajadores a los que resulte de aplicación, por concurrir los requisitos a los que se refiere Disposición Adicional centésima segunda de la LEY 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, se realizará a través de los procedimientos ya establecidos en ocasiones anteriores para este tipo de beneficios –comunicación del valor 420 del campo TIPO SITUACION ADICIONAL-.

Forma de comunicación:

Para la identificación de los trabajadores respecto de los que se tenga derecho a la aplicación de la bonificación establecida en la Disposición Adicional centésima vigésima segunda de la LEY 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 para los meses de febrero, marzo y noviembre/2022, respecto de la comunicación de febrero y marzo/2022, será suficiente con la comunicación de un único registro con TIPO DE SAA 420 con FECHA DESDE del mes de febrero. También debe existir la posibilidad de comunicar un registro de TIPO DE SAA 420 en cada uno de los meses indicados- es decir, se podrá anotar de forma independiente entre sí- siendo necesario en todo caso la comunicación de un registro de TIPO SAA 420 para la aplicación del incentivo durante el mes de noviembre.

Cumplimiento de requisitos e inexistencia de exclusiones:

Únicamente se deberán anotar los registros con valor 420 cuando concurran todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la citada Disposición Adicional centésima vigésima segunda de la LEY 11/2020, de 30 de diciembre, así como en el resto de normativa de aplicación para el acceso y mantenimiento a las deducciones de cuotas, así como cuando no concurra cualquiera de las exclusiones aplicables al beneficio de que se trata.

La anotación, por parte de los autorizados RED, de los registros con valor 420 constituye una declaración responsable de que se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el acceso a dicho beneficio y no concurren ninguna de las exclusiones que determinarían el no acceso al mismo.

Se informa que ya se encuentra disponible tanto la comunicación de la CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 017 en el Código Cuenta de Cotización, cuando proceda, como la SITUACIÓN ADICIONAL AFILIACIÓN 420 en los registros de los trabajadores afectados.

Muchas gracias por su colaboración. Reciba un cordial saludo
 
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