Bonificacion transf. contrato formacion en indefinido

gesfi

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Tengo un contrato de este tipo trasnformado, al tratarse de una mujer son 150 euros mensuales durante 3 años, sabéis si al año y medio se despíde por despido DISCIPLINARIO, no declarado improcedente, tendríamos que devolver la bonificación?
 

Ro

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2. Las empresas que transformen en contratos indefinidos los contratos para la formación
y el aprendizaje, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una
reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante tres
años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año.
3. Requisitos de los beneficiarios.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la SS,
tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la percepción de las
bonificaciones. La falta de ingreso en el plazo reglamentario de dichas obligaciones dará
lugar a la pérdida automática de las bonificaciones, respecto de las cuotas
correspondientes a periodos no ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho
periodo como consumido para el cómputo del tiempo máximo de bonificación.
- No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los
programas de empleo por la comisión de infraccicuadgraves no prescritas.
4.Para las exclusiones a la aplicación de estas bonificaciones, obligaciones empresariales,
mantenimiento de las bonificaciones y reintegro de los beneficios consultar cuadro de
fomento de empleo estatal 2012 (ley 43/2006).
 
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