BONIFICACIONES EN CONTRATO EMPRENDEDORES

veronica2015

Nuevo miembro
Buenas tardes compañeros;

He realizado un contrato de emprendedores bonificado

trabajador
.- Hombre de 53 años
.-cobra una prestación por desempleo reconocida desde 16/08/2017 hasta el 14/0/2018
.- Inscrito como demandante de empleo 02-08-2017
.- el 28-07-2017 fue despedido anteriormente en otra empresa por bajo rendimiento, pero le arreglaron el motivo pq el no estaba conforme.
.- En el año 2014 durante 3 meses formaliza un contrato 402
.- en enero 2015 hasta julio 2015 se realiza otro contrato
.- en septiembre del 2017 volvemos a contratar a la misma persona, pero al aplicar la bonificación la TGSS nos la rechaza y nos dice que no nos podemos aplicar la bonificación y nos deja el contrato 100
.- sepe si nos aceptan bonificación.

Me podéis decir si puedo presentar un escrito alegando que podemos acogernos al contrato de emprendedores bonificado o por lo contrario estoy equivocada.

El estar contratado anteriormente puede afectar en alguna que no me acepten la bonificación?

gracias una vez más chicos
 

Ro

Miembro activo
No entiendo tanta alta/ baja contrato...pero no puedes bonificarte si ha estado en la empresa temporal en los últimos 6 meses, indefinido en los 24 meses, o si aún viniendo de otra empresa era indefinido en los últimos tres meses.
 

veronica2015

Nuevo miembro
Ro dijo:
No entiendo tanta alta/ baja contrato...pero no puedes bonificarte si ha estado en la empresa temporal en los últimos 6 meses, indefinido en los 24 meses, o si aún viniendo de otra empresa era indefinido en los últimos tres meses.

Ro el trabajador estuvo en el año 2014 y hasta julio del 2015 contratado temporalmente, punta alta de trabajo.

y ahora la empresa lo ha contratado después de + de 24meses. ( contrato de emprendedores bonificado)

Por parte de nosotros cumplimos los requisitos para poder obtener la bonificación de emprendedores.


El trabajador finalizo un contrato (no sabemos que modelo), en julio, según la empresa bajo rendimiento , por lo que el no estaba conforme  y le arreglaron la indemnización, creo que hubiera tomado cartas en el asunto. 

En la carta de despido no dice que tipo de contrato tiene solo que deciden extinguir el contrato como tampoco nos dice la antigüedad del mismo. 
Alguna forma de saberlo?

Creo que es aquí donde tenemos el problema. 

 

jcg73

Miembro activo
Solo si el despido de la anterior empresa es reconocido o declarado improcedente. No debe constar esa clave en la baja a la seguridad social. Si solo consta despido disciplinario, no te permite aplicar la bonificación.
 
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