BONIFICACIONES LEY 3/2012

Clo

Nuevo miembro
Para tener derecho a las bonificaciones de cuotas de seguridad social para desempleados jovenes y mayores de 45 años (ojo, NO estoy hablando de los beneficios fiscales, vale?)

1.-  Entiendo que NO hace falta que sea el primer contrato de la empresa
Es decir, cualquier empresa (de menos de 50 trs.) tendrá derecho a estas bonficaciones, verdad?
Siempre que cumpla con los requisitos exigidos, claro.
2.- Tienen que ser contratos indefinidos y a TIEMPO COMPLETO
3.- Ya no existen las bonificaciones para jóvenes y desempleados + de 12 meses con contratos a TIEMPO PARCIAL

¿Lo he entendido bien? Todavía no me centro...  :eek:
 

ANUSKILLA

Nuevo miembro
Lo tienes claro CLO, en donde a mi me entran las dudas es en lo beneficios fiscales, cuando habla de primer contrato para menor de 30 años, entendeis que es el primer trabajador contratado por la empresa o el primero contratado despues de la reforma.
 

Parole

Nuevo miembro
Pues no sé, tengo mis dudas. Yo lo entiendo como el primer contrato que concierte la empresa y que se realice con un menor de 30 años.
 

Clo

Nuevo miembro
Yo no me lo había planteado... había entendido directamente el primer contrato de la empresa: empresa que contrata por primera vez un trabajador...
Saludos,
 

Nando_bcn

Miembro conocido
En una jornada sobre la reforma a la que he asistido esta semana la ponente, aún  reconociendo que podían existir dudas, entendía que sólo aplicaba al primer contrato que hicera la empresa (no el primero después de la reforma, sino el 1er. contrato en la historia de la empresa).
Y para ello se basaba, entre otras cosas, en el mensaje que el PP dio durante la campaña electoral, el de prometer un incentivo de 3.000 euros a los autónomos o pequeños empresarios que hicieran su primera contratación que el contratado fuera un menor de 30 años.

En fin, esta fue su opinión.

Saludos
 

Clo

Nuevo miembro
Hola a todos! Ya empiezo a ver la luz!!
O pienso que empiezo a tenerlo claro, pero no... Acabo de leer en un resumen de unos abogados, que dice que hay beneficios fiscales para contrataciones de mayores de 45 años...
A ver, yo entendía q beneficios fiscales sólo para:
-primer contrato con desempleados menores de 30
-beneficiarios de prestación x desempleo
Y bonficaciones de seguridad social para:
-jovenes de 16 a 30
-mayores de 45 desempleado x 12 meses
Con lo cual: no lo tiene claro el abogado o yo???
Saludos!
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Fernando,
A ver, bonificaciones FISCALES para mayor de 45 años que perciba prestación x desempleo, vale, pero sería igual si tuviera 35, no???
 
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