Bonificaciones varias empeladas del hogar

Kalin

Miembro activo
Pues igual puedo estar equivocado pero yo creo, leyendo esa disposición adicional y como esta redactada, es que la limitación de aplicacion de bonificación a una sola empleada de hogar es para la bonificación del 45%. La del 20% y la del 80% es para todas las que tengas
Interpreto yo.
 

Kalin

Miembro activo
Esto me dicen:

Título:bonificacion por varias empleadas de hohgar
Descripción:
Un empleador tiene contratadas a dos empleadas de hogar. Puede aplicar las bonificaciones del 20% de cuota empresarial de contingencias comunes y 80% de cuota empresarial de desempleo en la cotizacion de ambas trabajadoras? Y la del 45%/30% que esta prevista como alternativa a la primera del 20%?? Gracias



Resolución del Caso​

Buenos días, se puede aplicar la bonificación del 20% y la del 80% en todas las empleadas. Para las bonificaciones del 45% y del 30% todavía no existe una normativa implementada.
 

Andrea8torre

Nuevo miembro
Buenos días,
Leyendo el hilo, entiendo que la bonificación se aplica automáticamente y no hay que hacer ningún trámite a parte, no? Sería la primera empleada de hogar que da de alta el empleador
Gracias :)
 

MJ1977

Miembro activo
Pero la bonificación es para la primera empleada del hogar que contrata ( la del 20%)?
o si con posterioridad se hace otra nueva contratación se aplicaría esa bonificación del 20%?
 

Andrea8torre

Nuevo miembro
Otra duda, esta bonificación es vigente durante toda la duración del contrato? O a partir de cierto tiempo se deja de aplicar la bonificación?
Gracias :)
 

Petrus

Miembro activo
Otra duda, esta bonificación es vigente durante toda la duración del contrato? O a partir de cierto tiempo se deja de aplicar la bonificación?
Gracias :)
Las aplican siempre que lo aprueben en los presupuestos generales, recuerdo un año que tardaron en aprobarlo y durante varios meses cobraron la cuota sin bonificar, y cuando lo hicieron no fue con carácter retroactivo, creo que fue por mediados del 2017 o así. Te lo digo un poco de memoria porque entre confinamiento y tanto cambio, ya no estoy seguro de na de na.
 

Argi

Miembro conocido
Precisamente sobre este tema he mandado un Casia. He preguntado sobre si se puede acceder una bonificación por familia numerosa con posterioridad al alta de la empleada en aquellos casos en los que se produjese una variación en la situación familiar.
Os copio la contestación:

"Hay que enviar un casia-trámite aportando el título oficial de familia numerosa y el TA2-0138 firmado (importante el punto 4 de la solicitud) para que lo anotemos. No obstante, desde 01.04.2024 la bonificación en la aportación empresarial, está ligada al cumplimiento de requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar (pendiente de desarrollo reglamentario)"

Desconocía lo de los nuevos requisitos de renta o patrimonio, pero entiendo que hasta que se desarrolle seguirá todo igual...
 
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