4. Los empleadores que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos incentivados quedarán excluidos por un periodo de doce meses de los incentivos a la contratación. La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas
¿ entendéis que si produce despidos improcedente de contratos incentivados no se tiene derecho? ¿ o no se tiene derecho si es despido improcedente de un contrato no bonificado?
¿ entendéis que si produce despidos improcedente de contratos incentivados no se tiene derecho? ¿ o no se tiene derecho si es despido improcedente de un contrato no bonificado?