Buenos días,
Tengo una duda que os agradecería me ayudarais a aclarar.
Por razón de mi trabajo tengo frecuentes viajes al extranjero de duración variable y que, en general, me hacen pasar no menos de 10 semanas al año fuera de casa. Para simplificar el engorro administrativo del pago de dietas e incentivo por viajes, acordé con la empresa en la última revisión del contrato, sustituir el pago de dichas dietas e incentivos por un pago único del 15% del salario bruto anual en concepto de compensación única por viajes, abonándose dicho pago con la nómina de enero de cada año.
Hasta ahora siempre me han abonado el 15% del bruto del año anterior sin poner problemas. El problema es que el Director de RRHH pretende abonarme en la nómina de enero de 2015, la misma cantidad que me abonó en 2014, resultando en una diferencia de casi 2000 Euros en mi contra.
Mi pregunta es:
¿Ha de tomarse como base del Sueldo Bruto sobre el que calcular el 15% el sueldo del año anterior, o el pagador puede tomar como referencia el bruto al inicio del contrato?. En todo caso en la práctica durante los últimos 6 años siempre han tomado como base el bruto del año anterior. El contrato dice literalmente " un pago único del 15% de salario bruto anual"
¿Constituye la práctica constante de los últimos 6 años de abonar el 15% del bruto del año anterior, un argumento en favor de que se mantenga dicho criterio de cálculo? o bien podría RRHH decir, contradiciendo el criterio de los últimos seis años, que el cálculo se hace sobre el bruto en el momento de firmar el contrato?.
Muchas gracias anticipadas por cualquier idea que podáis darme.
Un saludo.
Mateo.
Tengo una duda que os agradecería me ayudarais a aclarar.
Por razón de mi trabajo tengo frecuentes viajes al extranjero de duración variable y que, en general, me hacen pasar no menos de 10 semanas al año fuera de casa. Para simplificar el engorro administrativo del pago de dietas e incentivo por viajes, acordé con la empresa en la última revisión del contrato, sustituir el pago de dichas dietas e incentivos por un pago único del 15% del salario bruto anual en concepto de compensación única por viajes, abonándose dicho pago con la nómina de enero de cada año.
Hasta ahora siempre me han abonado el 15% del bruto del año anterior sin poner problemas. El problema es que el Director de RRHH pretende abonarme en la nómina de enero de 2015, la misma cantidad que me abonó en 2014, resultando en una diferencia de casi 2000 Euros en mi contra.
Mi pregunta es:
¿Ha de tomarse como base del Sueldo Bruto sobre el que calcular el 15% el sueldo del año anterior, o el pagador puede tomar como referencia el bruto al inicio del contrato?. En todo caso en la práctica durante los últimos 6 años siempre han tomado como base el bruto del año anterior. El contrato dice literalmente " un pago único del 15% de salario bruto anual"
¿Constituye la práctica constante de los últimos 6 años de abonar el 15% del bruto del año anterior, un argumento en favor de que se mantenga dicho criterio de cálculo? o bien podría RRHH decir, contradiciendo el criterio de los últimos seis años, que el cálculo se hace sobre el bruto en el momento de firmar el contrato?.
Muchas gracias anticipadas por cualquier idea que podáis darme.
Un saludo.
Mateo.