Código baja FIJO ADSCRITO A OBRA

José2022

Miembro
Buenas tardes compañeros/as. A ver si alguno me puede ayudar. Tengo que dar de baja a un trabajador del sector de la construcción.

Extinción del contrato indefinido adscrito a obra. ¿Qué código pondría en la seguridad social para dar su baja?

Algunos me han dicho que el código 54-Baja no voluntaria, otros me han aconsejado el 91, despido objetivo por causas ecónomicas( en este caso). La verdad es que no sé que poner.
Para el sepe ya sé que tengo que poner en estos casos el código 34.

Alguno le ha pasado este caso?

Gracias de antemano
 

Niema

Miembro activo
54- baja no volunataria
91 despido objetivo computaría a efectos de despido colectivo
De todas formas, se tendrá que enfocar la carta de extinción en función del tipo de baja , ya que no es la misma extinción ni tiene los mismos efectos
 

africallora

Miembro activo
S. Social – 54.
SEPE –34.

Clave de baja 91,
no veo que proceda. La situación debe ser continuada y persistente en el tiempo, si se trata de una situación coyuntural, no daría lugar a un despido objetivo.

En cuanto al SEPE estás aplicando el Artículo 24 bis. Contrato indefinido adscrito a obra.

5
. El contrato indefinido adscrito a obra podrá extinguirse por motivos inherentes a la persona trabajadora cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

c) «La inexistencia en la provincia en la que esté contratada la persona trabajadora de obras de la empresa acordes a su cualificación profesional, nivel, función y grupo profesional una vez analizada su cualificación o posible recualificación».

La causa 34 es la que corresponde poner.

Te paso BOE 👈 Para que eches un vistazo a peaviso/indemnización.

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PS. Siempre, salvo mejor opinión...
 
Última edición:

1056RP

Miembro
Buenas tardes compañeros/as.

Tenemos un contrato adscrito a obra en el despacho y tras leer vuestros post nos surge la duda ya que la obra va a finalizar en el plazo de un mes más o menos la empresa ya ha hablado con el trabajador sobre el tema de recolocar pero éste no quiere. Ha dicho que no está interesado, a lo que nos surgen varias dudas, ya que nunca se nos ha dado el caso:

- Clave baja SS por vuestros comentarios y aunque sea el trabajador el que no desea continuar la relación laboral sería la 54. Por confirmar, sería baja no voluntaria?
- Clave SEPE; lo tenemos claro: 34

DUDAS:
- La finalización de la obra deberá ser puesta en conocimiento de la representación legal de las personas trabajadoras, en su caso, así como de las comisiones paritarias de los convenios de ámbito correspondiente o, en su defecto, de los sindicatos representativos del sector, con cinco días de antelación a su efectividad y dará lugar a la propuesta de recolocación prevista en este artículo, al haber rechazado el trabajador la recolocación hay que comunicarlo??
- Consideramos que no habría que anexar la propuesta al contrato ya que el trabajador la ha rechazado, es correcto?
Gracias por vuestra ayuda
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, aquí surge la duda, si el trabajador no quiere seguir con la obra, en teoría, debería ser una baja voluntaria. Y no tendría derecho a desempleo, dado que no quiere trabajar en la empresa en una obra que se le ha ofrecido. Todo viene de que la redacción de la regulación del fijo de obra es una completa chapuza que dará problemas, y muchos.

La finalización de la obra se comunica siempre, independientemente de que los trabajadores quieran o no recolocación en otra.
 

Niema

Miembro activo
una duda: y si la obra no finaliza pero al haber avanzado los trabajos, no son necesarios tantos trabajadores y no se les puede recolocar?
En ese sentido, cómo se va a informar una finalización de obra?
supuesto 1: no hay obras suficientes para recolocar ergo al no poderse recolocar, se produce a la causa no inherente de la persona trabajadora

supuesto 2:no finaliza la obra, no se le puede recolocar. No se puede comunicar nada a la AECOM puesto que la obra existe. no se puede recolocar.

qué comunicáis?
 

1056RP

Miembro
A ver, aquí surge la duda, si el trabajador no quiere seguir con la obra, en teoría, debería ser una baja voluntaria. Y no tendría derecho a desempleo, dado que no quiere trabajar en la empresa en una obra que se le ha ofrecido. Todo viene de que la redacción de la regulación del fijo de obra es una completa chapuza que dará problemas, y muchos.

La finalización de la obra se comunica siempre, independientemente de que los trabajadores quieran o no recolocación en otra.
Buenos días a todos.
Totalmente de acuerdo contigo Fernando, es una chapuza en mayúsculas, otra más de las muchas que llevan haciendo en los últimos años.

Ahora me surge otro duda que nos acaba de llegar al despacho.

Otro trabajador indefinido adscrito a obra también. Todavía quedan unos dos meses para la finalización de la misma y el trabajador acaba de decir que se quiere ir. Hoy ha entregado la carta de baja voluntaria y que en 15 días se larga porque le ha salido otro trabajo.

En este casó, según nuestro criterio sí sería baja voluntaria, no? ya que aún no están dentro del plazo de la comunicación de finalización obra o lo estamos entendiendo mal? El caso anterior y con vuestros posts lo veo claro pero en éste me surge la gran duda.
 

Niema

Miembro activo
una duda: y si la obra no finaliza pero al haber avanzado los trabajos, no son necesarios tantos trabajadores y no se les puede recolocar?
En ese sentido, cómo se va a informar una finalización de obra?
supuesto 1: no hay obras suficientes para recolocar ergo al no poderse recolocar, se produce a la causa no inherente de la persona trabajadora

supuesto 2:no finaliza la obra, no se le puede recolocar. No se puede comunicar nada a la AECOM puesto que la obra existe. no se puede recolocar.

qué comunicáis?
@FERNANDO que opinas?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si la obra no ha acabado, no hay más obras en la provincia, y el trabajador sobra en la obra, simplemente se le da de baja comunicándole que no hay más obras.
 
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