Buenas noches, el convenio oficinas y despachos de Madrid, establece que se tienen 30 días naturales de vacaciones.
Mi duda surge por ejemplo en el puente del Pilar. Si una persona coge el lunes 11 como vacaciones, qué es un día laborable. Se computarán 2 días de vacaciones, o uno? Ya que se incorporaría el miércoles 13.
Muchas gracias
Mi duda surge por ejemplo en el puente del Pilar. Si una persona coge el lunes 11 como vacaciones, qué es un día laborable. Se computarán 2 días de vacaciones, o uno? Ya que se incorporaría el miércoles 13.
Muchas gracias