CACAO CON SUBROGACION

1056RP

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Buenos días a todos... tengo un cacao importante. Nos ha llegado un cliente SL ( que tiene una frutería) con dos trabajadores. Van a quedarse con el negocio de un RETA frutería también que se jubila, y con los 3 trabajadores que tiene, ambos están dentro de la misma provincia. Para hacer la subrogación de los trabajadores en SS lo tengo claro pero y lo mismo me estoy liando, pero ¿cómo comunico este nuevo centro de trabajo en la SS? Cuando hice la consulta en casia me indicaron que al ser en la misma provincia ambos centros no debíamos solicitar nuevo CCC pero ayer realicé nueva consulta relacionada con el tema y me indicaron que sí debía solicitar ccc secundario. Ahora no sé cómo debo proceder.
Por favor, alguien podría ayudarme. Gracias
 

MCS

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Al darles de baja a los tres trabajadores, les das de alta en el CCC del autónomo no?
 

Naialaboral

Miembro conocido
Hay varios temas de SUBROGACION en el foro, creo que éste puede ayudarte

 
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Wastual

Miembro conocido
Buenos días a todos... tengo un cacao importante. Nos ha llegado un cliente SL ( que tiene una frutería) con dos trabajadores. Van a quedarse con el negocio de un RETA frutería también que se jubila, y con los 3 trabajadores que tiene, ambos están dentro de la misma provincia. Para hacer la subrogación de los trabajadores en SS lo tengo claro pero y lo mismo me estoy liando, pero ¿cómo comunico este nuevo centro de trabajo en la SS? Cuando hice la consulta en casia me indicaron que al ser en la misma provincia ambos centros no debíamos solicitar nuevo CCC pero ayer realicé nueva consulta relacionada con el tema y me indicaron que sí debía solicitar ccc secundario. Ahora no sé cómo debo proceder.
Por favor, alguien podría ayudarme. Gracias
- El alta, a efectos de Seguridad Social, al ser en la misma provincia y también la SL ejecuta idéntica actividad -para la tarifa de primas de AT/EP según CNAE- que la persona física trabajadora por cuenta propia que se jubila, puede realizarse en el mismo CCC que ya tiene la sociedad. Esto se ajusta perfectamente al Reglamento de altas y bajas, aunque también existe la posibilidad de crear uno secundario. Discrepo de la respuesta del "segundo CASIA".

- Ahora bien, por el contrario, según haya establecido la autoridad laboral competente, en la "Comunidad Autónoma" la SL sí debe comunicar la apertura de un nuevo centro de trabajo "a su propio nombre" (habría que estudiar si existe alguna particularidad a informar o realizar con anterioridad por constar el mismo ya registrado pero por otro empresario anterior).

- Todo ello, adicionalmente al resto del procedimiento que cita la última compañera.
 

1056RP

Miembro activo
Hay varios temas de SUBROGACION en el foro, creo que éste puede ayudarte

Muchas gracias Naia, este post lo había visto pero no indica nada sobre el nuevo centro de trabajo.... ya no sé si me estoy haciendo más lio y no debo comunicar nada del nuevo centro o al hacer la subrogación va implícito
 

Naialaboral

Miembro conocido
Muchas gracias Naia, este post lo había visto pero no indica nada sobre el nuevo centro de trabajo.... ya no sé si me estoy haciendo más lio y no debo comunicar nada del nuevo centro o al hacer la subrogación va implícito
Yo entiendo que al ser en la misma provincia y mismo CNAE (entiendo que es la misma actividad) no hace falta crear un nuevo CCC
 

1056RP

Miembro activo
- El alta, a efectos de Seguridad Social, al ser en la misma provincia y también la SL ejecuta idéntica actividad -para la tarifa de primas de AT/EP según CNAE- que la persona física trabajadora por cuenta propia que se jubila, puede realizarse en el mismo CCC que ya tiene la sociedad. Esto se ajusta perfectamente al Reglamento de altas y bajas, aunque también existe la posibilidad de crear uno secundario. Discrepo de la respuesta del "segundo CASIA".

- Ahora bien, por el contrario, según haya establecido la autoridad laboral competente, en la "Comunidad Autónoma" la SL sí debe comunicar la apertura de un nuevo centro de trabajo "a su propio nombre" (habría que estudiar si existe alguna particularidad a informar o realizar con anterioridad por constar el mismo ya registrado pero por otro empresario anterior).

- Todo ello, adicionalmente al resto del procedimiento que cita la última compañera.
Wastual, muchas gracias por tu respuesta. Y me cuadra con parte de las instrucciones del primer Casia que me indicaron que les enviará casia comunicando el nuevo centro de trabajo.
Los de CASIA se han columpiado...misma provincia, misma actividad no procede un nuevo CCC.
Muchas gracias Toni
 

isabarros

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Buenos días a todos... tengo un cacao importante. Nos ha llegado un cliente SL ( que tiene una frutería) con dos trabajadores. Van a quedarse con el negocio de un RETA frutería también que se jubila, y con los 3 trabajadores que tiene, ambos están dentro de la misma provincia. Para hacer la subrogación de los trabajadores en SS lo tengo claro pero y lo mismo me estoy liando, pero ¿cómo comunico este nuevo centro de trabajo en la SS? Cuando hice la consulta en casia me indicaron que al ser en la misma provincia ambos centros no debíamos solicitar nuevo CCC pero ayer realicé nueva consulta relacionada con el tema y me indicaron que sí debía solicitar ccc secundario. Ahora no sé cómo debo proceder.
Por favor, alguien podría ayudarme. Gracias
Yo he tenido un caso similar hace poco.
Autónomo que cogió otro negocio en la misma localidad y como ambos eran locales de hostelería y en la misma provincia, me dijeron que mismo CCC para ambos
 
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