Hola compañeros,
por si alguno me puede ayudar. Tengo un cliente que un trabajador se ha puesto de baja médica ( EC. con hospitalizacion). El convenio dice que en este caso
el complemento de it se calcula con todas las percepciones salariales que recibe menos una, por lo que no tendré en cuenta LA BASE REGULADORA del mes anterior sino el devengo de esa nómina.
Mi pregunta es, Si complementamos el IT sobre Base Reguladora, se complementa por días naturales como la prestación de incapación, pero si complementamos el IT sobre EL DEVENGO, también es sobre los días naturales o como el devengo es mensual en este caso, sería sobre los 30 días ?
Algunos me han dicho que es sobre días naturales y otra gente sobre 30 días.
Gracias de antemano
por si alguno me puede ayudar. Tengo un cliente que un trabajador se ha puesto de baja médica ( EC. con hospitalizacion). El convenio dice que en este caso
el complemento de it se calcula con todas las percepciones salariales que recibe menos una, por lo que no tendré en cuenta LA BASE REGULADORA del mes anterior sino el devengo de esa nómina.
Mi pregunta es, Si complementamos el IT sobre Base Reguladora, se complementa por días naturales como la prestación de incapación, pero si complementamos el IT sobre EL DEVENGO, también es sobre los días naturales o como el devengo es mensual en este caso, sería sobre los 30 días ?
Algunos me han dicho que es sobre días naturales y otra gente sobre 30 días.
Gracias de antemano