Toni, por cerrar también por mi parte el tema y como resumen y en base a algunas de tus afirmacionesVamos a ver, por aclarar unos matices y me bajo ya del tema.
1) Mi comentario a que desde el 2013 cotiza, fue a modo de comentario del paso de extrasalarial a salarial.
2) Si para el TS si es extrasalarial esta fuera y si es salarial esta dentro, para mi tambien. Tambien matiza el TS que debe compensar algo para ser extra.
3) Insisto en lo de "compensar", pues me diras que si lo cobro en vacaciones me compensa algo.
4) En ningun momento de mi intervencion en asegurado categoricamente "que si o si" esta dentro, jamas en mis post he asegudado nada categoriamente, solo he expresado mi conocimiento u opinion al respecto.
5) Insisto tambien en los convenios, pues no me entra que algunos lo sigan llamando extrasalari (1%) pero te dicen que se cobra en vacaciones, algo no cuedra.
Y nada, ya me bajo del tema, nos encontraremos en otros post.
Bona nit.
1) No confundamos (o podamos generar confusión), desde 2013 el plus transporte, como otros conceptos hasta entonces exentos (en algunos casos exentos hasta ciertos límites: plus comida, seguro médico...), no pasaron necesariamente de extrasalarial a salarial, "simplemente" y por decisión del gobierno de turno, pasaron a cotizar. Si tenian realmente naturaleza salarial o no, tanto antes de ese momento como después, requería incidir en las circunsntancias y/o condiciones de devengo en cada caso (por ej ¿no incluías hasta ese momento el seguro médico, solo el exceso sobre los 500€ de prima, ni los vales comida en el cálculo de la indenización y desde entonces sí? ¿pasaron justo en ese momento y simplemente por ese motivo esos conceptos de tener naturaleza extrasalarial a salarial?)
2) Obviamente, su naturaleza salarial o extrasalarial no dependerá de como lo califique o denominen los convenios. Como ya he dicho en una intervención anterior, las cosas son lo que son, no necesariamente lo que las partes dicen que son (si a mi burro le llamo caballo, sigue siendo un burro, no un caballo)
3) Al final, y aún les toca pronunciarse a nuestros tribunales, TS incluido de vez en cuando en nuestros días al respecto (muchos años ya después del 2013), y por algo será, sobre la naturaleza salarial o extrasalarial del plus transporte, y, como sabes, y en cada caso (porque no hay una respuesta general, toca analizar cada supuesto) habrá que incidir (siendo lo de menos la denominación que puedan utilizar los convenios o el mero hecho de que cotice) en cuestiones como si se percibe siempre una cantidad fija, incluso sin trabajar (vacaciones...) ni desplazamiento real, etc. ¿Que la inmensa mayoría de convenios que contemplan el plus transporte como cantidad fija a percibir tanto independientemente de las jornadas de trabajo efectivo, desplazamiento, etc.? pues muy bien, en esos casos tendrá carácter salarial y se debería incluir en el salario regulador de la indemnización, pero no porque desde 2013 cotice, porque en esas condiciones, a pesar de cómo pueda calificarlo el convenio, es evidente que tiene naturaleza salarial.
Y sí, en el fondo, creo que ambos tenemos la misma idea, pero creo importante incidir en esos matices. Tal vez tú no pretendías decir o llegar a conclusiones muy distintas, pero creo que pueden dar pie a interpretaciones de las que he considerado oportuno alertar.
Venga, a por otro post
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