Calcular SB y prorrata tiempo parcial

Carlos80

Miembro
Buenas tardes compañeros/as.

Se nota que es viernes y me esta costando ....
Por si alguno me ayuda.

Si un trabajador que esta cobrando por ejemplo el SMI 2025 en 12 pagas. Si en octubre si hubiera trabajado jornada completa la nómina sería:

SB--------- - 1184€
Prorrata----- 197,33

Ahora bien, pero si solo hubiera trabajado 22 horas en TODO el mes. ¿Cómo puedo calcular ese SB y Prorrata?

Agradezco vuestra ayuda. Estoy bloqueado.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Si trabaja a 22 h mes, y el mes completo a jornada completa estándar es 160 h yo lo haría así: 22h/160h= 0,1375 (13,75%)

SB--------- - 162,80 €
Prorrata----- 27,13 €

A ver que dicen los demás compañer@s
 

Wastual

Miembro conocido
El valor unitario de una hora de trabajo efectivo, si el salario que corresponde a la persona trabajadora en cuestión es el SMI (según indicas, esto es así), incluyendo prorrata de pagas extraordinarias, es igual al valor que constituye la base horaria mínima de cotización para contratos a tiempo parcial, y, por tanto, aparece en el art. 39 de la vigente Orden de Cotización para el año 2025.

Esto es, 8,32€/hora para todo grupo profesional comprendido entre el 4 y el 11 (ambos inclusive). En tu caso, la base sería igual a 183,04€ (resultado de 8,32 €/h * 22 h), siempre que en RED conste mecanizado que durante el mes en cuestión, y por el motivo que sea, se ha desarollado la prestación de servicios a tiempo parcial, claro.

P.D.: No indicas el CTP calculado para ese mes, ese dato también puede servir para reducir a la parcialidad correspondiente las cuantías íntegras de anteriores meses.
Edit: En este idéntico sentido se pronuncia la compañera @Naialaboral, a la que he pisado (debemos de haber redactado la respuesta simultáneamente ;)).
 
Última edición:

carloslugo

Miembro activo
Buenos días ;
Creo que fue ya debatido en algún hilo , ..el tema es que la retribución cuando el trabajador esta a jornada parcial por % de salario .... pongo un ejemplo cobra siempre un bruto de 717,17 euros , y la base de cotización es variable porque depende de las horas que trabaje al mes ... por tanto hay meses que percibe el bruto indicado (717,17€) y cotiza por una base superior ... si hizo en el mes de octubre 88 horas X 8,32 euros = 732,16 € . Esta nómina estaría correcta o le veis algún problema de cara a una inspección de trabajo ..... algo me suena de que estaban poniendo problemas por estas diferencias.....
Gracias de antemano.
saludos
 

carloslugo

Miembro activo
cuando el mes tiene menos dias tambien cobra lo mismo y cotiza en función de las horas que haga.... es decir , que habrá meses que el importe de la cotización sea superior al total devengado y otros que no sea así....... unos meses se compensan con otros.....
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
cuando el mes tiene menos dias tambien cobra lo mismo y cotiza en función de las horas que haga.... es decir , que habrá meses que el importe de la cotización sea superior al total devengado y otros que no sea así....... unos meses se compensan con otros.....
Con salarios a tiempo parcial que rocen el SMI con bruto constante lo lógico es que según el mes el NETO varíe.
 

carloslugo

Miembro activo
claro el neto varia ..pero hay meses que como varian las horas trabajadas la base cotización tiene una cuantía superior al total devengado... y esto es así porque el salarios está a un % de la jornada y es siempre el mismo ...si es media jornada pues es el 50% del salario..... pero en nóminas que están a SMI ..pues hay meses que la cotización es de cuantía superior ....y esto no se si es muy correcto...
 

Naialaboral

Miembro conocido
alguna opinión......
gracias
Como bien dice @Tronchacadenas, si el contrato es a tiempo parcial, es normal que varíe la base de cotización en función del número de días del mes. Aunque el salario bruto mensual sea el mismo, en meses de 31 días se trabajan más jornadas (o más horas si el trabajo es por horas), lo que puede hacer que la base de cotización aumente ligeramente. Esto implica también que las deducciones (como la Seguridad Social) puedan ser algo mayores ese mes, a pesar de que el salario pactado no cambie. No sé si me he explicado bien.
 

Wastual

Miembro conocido
Personalmente
- Si se le retribuye por horas, el número de horas que informo en el fichero de bases es el mismo que se utiliza para calcular el salario de ese mes
- Si el abono se realiza reduciendo los conceptos mensuales o diarios según el coeficiente de parcialidad de la persona trabajadora, para que el bruto sea igual todos los meses (porque así se me indique por la empresa), entonces, el número de horas que indicamos en el fichero de bases es igual al resultado de distribuir de manera uniforme en cada mes las anuales totales.

Hasta ahora
, sin problema. Creo recordar que tuvimos requerimientos en los que este aspecto se incluía como a revisar, y no se mentó en absoluto por parte de la inspección en lo posterior. Pero es verdad que siempre dependes de la "personalidad" del actuante y su criterio.

Aunque considero que, si el salario abonado es el correcto, no existiendo diferencias a favor del trabajador, independientemente de cómo se lleve a cabo, lo determinante es que las bases de cotización, aunque puedan ser diferentes mes a mes, sumen lo mismo que aquel primer importe. Si esto se cumple, no creo que proceder de una forma u otra "aumente" las posibilidades de que surjan "discrepancias".
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
claro el neto varia ..pero hay meses que como varian las horas trabajadas la base cotización tiene una cuantía superior al total devengado... y esto es así porque el salarios está a un % de la jornada y es siempre el mismo ...si es media jornada pues es el 50% del salario..... pero en nóminas que están a SMI ..pues hay meses que la cotización es de cuantía superior ....y esto no se si es muy correcto...
habrá meses que la bc>salario y otros que bc=salario, lo que no es bc<salario que además te lo iba a rechazar siltra en su caso
 
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