Muy buenas
Una asociación tiene empleadas a 2 personas que prestan servicios en un bar de un campus universitario. Tienen un contrato indefinido de 40 horas (código 100)
Ahora me comentan que el 10 de julio finalizan las actividades y que el campus cierra, con lo que el bar también cerrará y no volverá a abrir hasta el 10 de septiembre, cuando vuelve la actividad al campus.
Entendemos por lo tanto que lo más correcto hubiera sido un contrato fijo discontinuo para determinar el periodo de actividad y poder cobrar el desempleo en los meses en los que no prestan servicios en al bar.
¿Cómo veríais la opción de cambiar el contrato en la TGSS de 100 a 300 a efectos 1 de junio? Las trabajadoras lo firmarían sin problema, porque son miembros de la asociación.
¿Podría ser motivo de inspección?
El plan B sería despedirlas el 10 de julio, que cobren el desempleo y en septiembre volver a contratarlas con un contrato fijo discontinuo
¿Véis alguna otra manera de solucionarlo?
Muchas gracias
Una asociación tiene empleadas a 2 personas que prestan servicios en un bar de un campus universitario. Tienen un contrato indefinido de 40 horas (código 100)
Ahora me comentan que el 10 de julio finalizan las actividades y que el campus cierra, con lo que el bar también cerrará y no volverá a abrir hasta el 10 de septiembre, cuando vuelve la actividad al campus.
Entendemos por lo tanto que lo más correcto hubiera sido un contrato fijo discontinuo para determinar el periodo de actividad y poder cobrar el desempleo en los meses en los que no prestan servicios en al bar.
¿Cómo veríais la opción de cambiar el contrato en la TGSS de 100 a 300 a efectos 1 de junio? Las trabajadoras lo firmarían sin problema, porque son miembros de la asociación.
¿Podría ser motivo de inspección?
El plan B sería despedirlas el 10 de julio, que cobren el desempleo y en septiembre volver a contratarlas con un contrato fijo discontinuo
¿Véis alguna otra manera de solucionarlo?
Muchas gracias