CAMBIO CONTINGENCIA

Seni

Miembro activo
Buenos días, el 24/07/2024 un empleado tuvo un accidente de trabajo que la mutua consideró ANL. El empleado solicitó el cambio de contingencia y hoy me llega el cambio a ACCIDENTE DE TRABAJO con fecha del 24/07/2024.
Entiendo que ahora tengo que calcular los atrasos del complemento de IT hasta el 100% que marca su convenio.
 

Wastual

Miembro activo
- Al derivar el accidente de contingencia profesional, primero, habría que revisar si en 2023 (año natural anterior) se le abonaron HHEE, ya que en ese caso, habría que sustituir los datos económicos enviados, porque la base reguladora de la prestación de IT sería mayor.
- Además, habría que comprobar si es necesario reelaborar las liquidaciones de cuotas o se tramitaría de oficio -lo cual dudo-, ya que la compensación por IT debe incluirse en el fichero de bases con código 663 y no con 563 (contingencias comunes). Además de que los primeros 15 días no deben ser asumidos por el empresario y los porcentajes durante los primeros 20 días aumentan (del 0% y 60% al 75%).
- Y, adecuar las nóminas a lo anterior, y añadiendo además, tal y cómo indicas, la mejora que en este caso está establecida convencionalmente por ser la causa de la IT un AT.
 

IVO

Miembro conocido
Como bien dice Wastual,
- Si hay HHEE podría cambiar la BR
- El complemento It al ser contingencia por convenio tendrá mayor protección y sera amyor que el pagado por lo que habra atrasos
- Al haber sido modificado a AT la deducción por la prestacion será desde el primer dia al 75% por lo que habrá diferencias a favor de la empresa. Se tendra que pedir a la mutua la devolución.
 
Arriba