Cambio contrato en otra empresa

Ricard

Nuevo miembro
Hola,

Me surge una duda, que leyendo documentación no me acaba de quedar claro, expongo el caso:

La empresa A va a crear una nueva empresa B para separar ciertas actividades comerciales de la empresa A.

La empresa B de nueva creación debe de contratar a 3 empleados de la empresa A, la empresa forma parte del mismo grupo, en estos nuevos contratos se puede mantener la antigüedad de estos empleados? O deben de ser despedidos y recontratados , reiniciando así la antigüedad?

Gracias!
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, debes de firmar con la empresa una baja voluntaria condicionada a entrar en B, teniendo en cuenta que se debe respetar la antigüedad que tenían en A. Siempre baja voluntaria condicionada a la contratación con la otra empresa.
 

Ricard

Nuevo miembro
Gracias por la respuesta, esta antigüedad es válida a nivel de indemnización por despido y prestación de desempleo?
 

CHARO

Miembro conocido
Gracias por la respuesta, esta antigüedad es válida a nivel de indemnización por despido y prestación de desempleo?
La prestación por desempleo que en futuro pueda cobrar, tendrá acumulada ambas empresas. En cuanto a la indemnización por despido, si así se estipula en contrato contará, pero ojo, porque la parte de indemnización de la antiguedad respetada estará sujeta a IRPF, además que en el caso de ir a Fogasa, solo le cubriría la antigüedad real y no la pactada.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
La prestación por desempleo que en futuro pueda cobrar, tendrá acumulada ambas empresas. En cuanto a la indemnización por despido, si así se estipula en contrato contará, pero ojo, porque la parte de indemnización de la antiguedad respetada estará sujeta a IRPF, además que en el caso de ir a Fogasa, solo le cubriría la antigüedad real y no la pactada.
Si se trata de un movimiento entre empresas del grupo, entiendo que en caso de indemnización por despido estará exenta del IRPF (hasta los límites legales) contando también la parte de la indemnización correspondiente a la antigüedad que arrastra de la empresa anterior.
Distinto sería que se tratara de una antigüedad adicional discrecional o pactada.
 
Arriba