CAMBIO DE CONTRATO

isa77ll

Miembro
Buenos dias a todos. Mi consulta es la siguiente. Actualmente tengo un trabajador con un contrato indefinido ordinario y la idea es que durante un tiempo esta persona en vez de trabajar en la oficina (como lo hacía hasta ahora) lo haga desde su domicilio realizando visitas periódicas a la oficina para reuniones de seguimiento. No me ha surgido nunca este caso y no se exactamente si tendría que hacer un nuevo contrato, un anexo al contrato actual en el que se comunicara el cambio físico y de ubicación y demás características del trabajo a realizar (que por otra parte es el mismo que está realizando ahora).

Muchas gracias por vuestra ayuda.
 

Ro

Miembro activo
El contrato va a ser el mismo, indefinido, las funciones también por lo que comentas. Lo único que se modifica es el lugar de trabajo, en este caso y salvo mejor opinión, haría un anexo al contrato firmado por ambas partes dónde se especifique el lugar y las condiciones de trabajo para mayor seguridad para ambas partes.
 

fundación

Miembro conocido
Eso es, un contrato de trabajo a domicilio. Por tanto como se ha dicho, la celebración del anexo modificativo donde se recoja la nueva situación.

Concepto y naturaleza

Aquel en el que la prestación de la actividad laboral se realiza en el propio domicilio del trabajador o en cualquier otro lugar libremente elegido por éste.

Requisitos y formalidades

Posibilidad de contratar a cualquier trabajador, sea o no sea desempleado, a través de esta figura.
Se exige su contratación por escrito y su visado por la correspondiente Oficina del INEM, la cual guardará una copia del mismo.
Deberá fijarse el lugar donde se realizará la prestación de servicios.

Duración

Tanto podrá ser por tiempo indefinido como por una duración determinada, ya sea a jornada completa o parcial, en este último caso teniendo en cuenta sus máximas legales.
Se excluye la posibilidad de concertar estos contratos bajo la modalidad de prácticas aquellos para la formación.

Período de prueba

Perfectamente factible en los límites legales.

Retribución

Como mínimo debe ser igual a la de un trabajador de categoría profesional equivalente en el sector profesional de que se trate.
Existen diversas posibilidades y sistemas de remuneración: "por obra", "por tiempo", o "por tarea".

Restantes condiciones de trabajo

Al ser estos trabajadores ordinarios de las empresas contratantes, sin más diferenciación que el lugar específico donde desarrollan sus funciones propias, su relación será regulada por el convenio sectorial de aplicación y por el ET.

Documento de control

La empresa vendrá obligada a entregar a estos trabajadores un documento en donde se contengan las particularidades y características básicas de esta relación.

 

Mr. White

Miembro activo
Es un contrato de trabajo a distancia y se regula en art.13 ET.

Como dicen los compis, no es necesario nuevo contrato, solo pactar por escrito el cambio a trabajo a distancia.
 
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