cambio de empresa, duda contrato antes de firmar.

Urano

Miembro
Hola,

En los próximos días tengo que firmar el contrato con mi nueva empresa que ya tengo delante, en el precontrato que me hicieron aparece lo siguiente:

-Lugar de trabajo: Hibrido (Remoto + Presencial)
-Revisiones: Se realizarán las revisiones salariales anuales
-Tipo de Contrato: Indefinido. subrogando la antigüedad existente en la empresa actual.
La empresa asumiría contractualmente la antigüedad vigente con la empresa actual en el momento de firmar el contrato laboral.

El tema es que en el contrato que tengo delante no especifica nada del teletrabajo ni las revisiones anuales, solo lo de mantener la antigüedad como sigue;

CLÁUSULAS ADICIONALES
*DE MUTUO ACUERDO SE PACTA QUE LA ANTIGÜEDAD SEA DEL xx/xx/xxxx

En el contrato hay varios apartados que indica S/C(según convenio) pero hace referencia a horario y horas trabajadas, vacaciones pero nada de revisiones salariales .Aunque me he leído el convenio y hay si que aparece estipulado las subidas del salario anuales según una tabla referenciada al IPC.

Mis preguntas,

El tema del teletrabajo y las subidas salariales según el IPC tienen que venir mencionadas explícitamente en el contrato?
La frase en la clausula que hace referencia al mantenimiento de la antigüedad es suficientemente precisa o haría falta más detalle?

Gracias.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo más nuevo prevalece sobre lo más antiguo.
Lo de más rango prevalece sobre lo de menos rango.

Un "contrato", firmado "ahora", manda más que un "pre-contrato" manifestado "antes".

Si existen omisiones en el nuevo documento (más actual y de mayor rango), lo manifestado en el documento pre-contractual antiguo es válido si no entra en contradicción o ilegalidad.

Nota:
Un contrato es un acto consensual (dos o más partes) que establece obligaciones.
Un pre-contrato es un acto unilateral que expone manifestaciones o posibles voluntades. Una "propuesta". Sirve para aproximar a las partes. Como acto unilateral, se le puede aplicar aquello de "Donde dije digo, digo...."
 

Urano

Miembro
Lo más nuevo prevalece sobre lo más antiguo.
Lo de más rango prevalece sobre lo de menos rango.

Un "contrato", firmado "ahora", manda más que un "pre-contrato" manifestado "antes".

Si existen omisiones en el nuevo documento (más actual y de mayor rango), lo manifestado en el documento pre-contractual antiguo es válido si no entra en contradicción o ilegalidad.

Nota:
Un contrato es un acto consensual (dos o más partes) que establece obligaciones.
Un pre-contrato es un acto unilateral que expone manifestaciones o posibles voluntades. Una "propuesta". Sirve para aproximar a las partes. Como acto unilateral, se le puede aplicar aquello de "Donde dije digo, digo...."

dos cosas;

Y si no aparece nombrado en el contrato entra lo que diga el convenio?


La frase donde se acuerda mantenerme la antigüedad, "DE MUTUO ACUERDO SE PACTA QUE LA ANTIGÜEDAD SEA DEL xx/xx/xxxx", es suficientemente especifica?
O tendría que ser algo parecido a esto para que no me la metan doblada en un futuro hipotético?
"
A TODOS LOS EFECTOS DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, SE RECONOCE UNA ANTIGUEDAD EN LA EMPRESA AL ATRABAJADOR DESDE LA FECHA DE XXXXXX "


Gracias
 

africallora

Miembro conocido
El pacto de teletrabajo puede ir en el contrato, pero son muchos los puntos que se deben contextualizar. Por lo general se firman aparte.

Las subidas salariales respecto al IPC, son S/C

La clausula de antigüedad es escueta, pero hace referencia a lo que lo ya mencionado en el pre-contrato: «La empresa asumiría contractualmente la antigüedad vigente con la empresa actual…»
__
PS. Lugar de trabajo: Hibrido (Remoto + Presencial), no es usted un televisor, hay que desarrollar eso mediante pacto de teletrabajo, de acuerdo a la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia..
 

Urano

Miembro
El pacto de teletrabajo puede ir en el contrato, pero son muchos los puntos que se deben contextualizar. Por lo general se firman aparte.

Las subidas salariales respecto al IPC, son S/C

La clausula de antigüedad es escueta, pero hace referencia a lo que lo ya mencionado en el pre-contrato: «La empresa asumiría contractualmente la antigüedad vigente con la empresa actual…»
__
PS. Lugar de trabajo: Hibrido (Remoto + Presencial), no es usted un televisor, hay que desarrollar eso mediante pacto de teletrabajo, de acuerdo a la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia..

Gracias, respecto la cláusula de antigüedad, en un post anterior comentan que el contrato prevalece sobre el precontrato, por lo que le entiendo, usted piensan que se complementan?

Gracias.
 

africallora

Miembro conocido
Yo utilizaría ‘ratificar’, más que se ‘complementar’. Lo que hace el contrato es ratificar –con las clarificaciones que sean pertinentes–, lo que se ha firmado/acordado en el pre-contrato.
 

Urano

Miembro
Yo utilizaría ‘ratificar’, más que se ‘complementar’. Lo que hace el contrato es ratificar –con las clarificaciones que sean pertinentes–, lo que se ha firmado/acordado en el pre-contrato.

Con el término "clarificaciones" piensa entonces que la cláusula es escueta e insuficiente?
 
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