Esta chica tenía inicialmente un contrato a tiempo parcial, que si tenía horario estipulado, pero luego pasó a tiempo completo, donde nada se indicó, se modificó la cláusula tercera:
" La jornada de trabajo será tiempo completo de 40 horas semanales, prestadas de lunes a domingo con los descansos establecidos legal o convencionalmente"
El convenio colectivo si regula el tema del horario :
La fijación del horario flexible es facultad del empresario, previo informe favorable de los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo, sin perjuicio de lo pactado en el Convenio colectivo.
El empresario podrá exigir una prestación de trabajo continuado durante períodos de tiempo anunciados previamente a los empleados cuyo trabajo se realice en equipos o grupos similares que requieran la presencia a horas fijas de todos sus miembros.
Lo que pasa es que en este caso el cambio es porque el empresario no quiere que estén juntos y choquen en cada momento, y mi duda es si puedo entregarle una carta a esta trabajadora en este sentido, que se la cambia de horario para que no discutan, siendo mi temor a que pueda denunciar a al empresa como un acto de represalia, encima, con la que discute es hermana de la titular.