Buenos dias, respecto a la modificacion sustancial de las condiciones de trabajo referidas al horario, cuando el trabajador resulta perjudicado, puede optar por la rescision del contrato y solicitar la indemnizacion correspondiente, quedando en situacion protegida por desempleo.
Mi duda es la forma de proceder, me explico, el trabajador responde a la MSCT que opta por la rescision de contrato y a partir de ese momento: la empresa esta obligada a dar de baja al empleado y pagarle la indemnizacion?. Se puede negar a dar de baja al trabajador? Puede el empresario recular en la medida para evitar la baja del trabajador y la indemnizacion?, o ya seria tarde porque la opcion es del empleado
Gracias
Mi duda es la forma de proceder, me explico, el trabajador responde a la MSCT que opta por la rescision de contrato y a partir de ese momento: la empresa esta obligada a dar de baja al empleado y pagarle la indemnizacion?. Se puede negar a dar de baja al trabajador? Puede el empresario recular en la medida para evitar la baja del trabajador y la indemnizacion?, o ya seria tarde porque la opcion es del empleado
Gracias