Cambio de trabajadores a otra empresa del mismo grupo

Argi

Miembro conocido
Muy buenas, no tengo claro cómo actuar en el siguiente caso:
Empresario gerente y socio mayoritario de una SL (empresa A), que abre otra empresa de la misma actividad y en la que ejercerá igualmente de gerente y socio mayoritario (empresa B).
Se quiere llevar a 4, de un total de 8, de los trabajadores de A a B. Entiendo que al no llevarse a todos, no puede ser una subrogación de trabajadores por absorción o fusión de la empresa.
¿Se podría plantear el tema vía artículo 41?
En un principio los trabajadores no van a poner pegas.
El empresario pretende que soliciten baja voluntaria en A y luego hacerles una contrato bonificado tarifa plana en B, y haciendo constar en un anexo del contrato que se les ficha por "valía profesional" y que por ello les mantiene la antigüedad.
Yo se lo intento quitar de la cabeza. Me parece jugar con fuego. Mal para los trabajadores (en caso de que les despidiesen posteriormente podrían tener problemas con el desempleo) y evidentemente al ser el mismo socio, misma actividad y mismos trabajadores se puede entender perfectamente que lo que se ha hecho es vestir un fraude.
¿Cómo lo planteariaris?
Gracias y saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
De vía 41 nada; pacto novatorio en el que se reconozca la antigüedad a efecto de despidos y olvidaos de bonificaciones.
 

Argi

Miembro conocido
Gracias Fernando.
Entonces tú crees que lo que hay que hacer es notificar el cambio de código de cuenta de los trabajadores implicados a la TGSS (baja código 55, posterior alta y TA8) y luego un acuerdo entre ellos y la nueva empresa en la que se refleje el cambio de empresa y se recoja la antigüedad. ¿Entiendo que este pacto no hay que registrarlo en el SEPE y, por lo tanto, no es obligatorio el comunicar el cambio de empresa de los trabajadores?
Un saludo,
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, pues no existe sucesión, sólo pase de una empresa a otra: pacto novatorio y comunicación de la contratación al SEPE.
 

fundación

Miembro conocido
Pues es una baja voluntaria de los trabajadores y un contrato nuevo, con el clausulado que recoja las condiciones pactadas de antigüedad, salariios, etc.
 

Argi

Miembro conocido
Sería lo más fácil, claro que el trabajador tiene que querer firmarla, con el peligro de que si le despiden igual le ponen pegas para el cobro de la prestación de desempleo.
¿Harías el nuevo contrato bonificado con la tarifa plana?
Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Yo no lo recomendaría.

Edito: me dice mi compañero que está ahora en una charla que le especifican que en grupos de empresas el incremento de empleo tanto a nivel indefinido como total se considera el grupo.
 
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