CAMBIO DEL TRABAJADOR A OTRA EMPRESA

elchuske

Miembro conocido
Ya de esto ni me acuerdo. Se trata de una trabajadora que hay que cambiarla a otra empresa del grupo con todos sus derechos consolidados.
en la baja es motivo 89???
y en el alta en la otra empresa??? este no me lo se.

Habra que comunicar a CONTRAT@ el nuevo contrato aunque es identico que el anterior o se hace un papelito entre las partes que estan de acuerdo??

pos eso. gracias
 

PEDRO

Miembro conocido
Contrato no hace falta comunicarlo la SEPE, escrito de acuerdo de las partes y la clave de baja la 54.
 

Archivos adjuntos

  • 1753461586065.png
    1753461586065.png
    133,9 KB · Visitas: 3

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, si se trata de subrogación entre empresas del mismo grupo (y no se trata de fusiones entre ellas ni absorción de una por la otra, sino de simple traspaso de trabajadores) es la clave 54.

Respecto al SEPE, es cierto que no hay obligación de comunicarlo en caso de contratos indefinidos pero en el caso de contratos temporales y creo que también en el de fijos discontínuos (pero de estos aún no he visto ninguno de cerca) sí hay que hacerlo.

Y, por supuesto, documento comuniando la subrogación al trabajador (pero que no es necesario comunicar o facilitar copia al SEPE).
 
Arriba