Desde hace unos meses las empresas están siendo citadas por la Inspección de trabajo por una campaña de reclamación del INEM solicitando la devolución de las cantidades bonificadas en contratos de fomento de empleo de trabajadores que fueron baja.
Por poner un ejemplo, realizas contrato indefinido a un trabajador en el 2006 correspondiendo bonificación por ser desempleado o por ser una transformación de temporal con derecho a bonificación. Posteriormente el trabajador se despide disciplinariamente (también tengo casos de bajas voluntarias, baja en periodo prueba, etc...). Durante el tiempo que el trabajador ha estado en la empresa tu ha bonificado cada mes en los seguros sociales.
Pues lo que reclama la Inspección es que de esos trabajadores que han sido ya baja, se devuelvan todas las bonificaciones que se practicaron por no haberlos sustituido por otros trabajadores..... :
??? 
Dónde, en qué lugar, en qué párrafo hay regulado algo de eso en la normativa????
Para subvenciones de fomento de empleo SI, pero.... ¿¿para bonificaciones??
Por poner un ejemplo, realizas contrato indefinido a un trabajador en el 2006 correspondiendo bonificación por ser desempleado o por ser una transformación de temporal con derecho a bonificación. Posteriormente el trabajador se despide disciplinariamente (también tengo casos de bajas voluntarias, baja en periodo prueba, etc...). Durante el tiempo que el trabajador ha estado en la empresa tu ha bonificado cada mes en los seguros sociales.
Pues lo que reclama la Inspección es que de esos trabajadores que han sido ya baja, se devuelvan todas las bonificaciones que se practicaron por no haberlos sustituido por otros trabajadores..... :
Dónde, en qué lugar, en qué párrafo hay regulado algo de eso en la normativa????
Para subvenciones de fomento de empleo SI, pero.... ¿¿para bonificaciones??