CrisFM
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Buenas.
Tengo un !cliente que pidió devolución del IGIC fuera del plazo de 6 meses que establece la legislación de este impuesto. Fue denegada por caducidad.
Me parece tremendamente injusto un plazo tan corto como 6 meses para un impuesto al que se tiene derecho de devolución, sobre todo teniendo en cuenta que es un impuesto autonómico, que las empresas de fuera no conocen su funcionamiento, y todo ello, saltándose a la torera el plazo general de prescripción de 4 años de la Ley General Tributaria. Se produce un enriquecimiento injusto por parte de la Administración que termina cobrando dos veces ese impuesto, por parte del consumidor final y de la empresa que no puede recuperarlo por que se le pase ese corto plazo de 6 meses.
En fin, el caso es que estoy buscando jurisprudencia o algo a lo que agarrarme para recurrir pero no encuentro nada.
Alguien tiene alguna experiencia sobre este tema? Algo que hacer en los tribunales?
Gracias
Tengo un !cliente que pidió devolución del IGIC fuera del plazo de 6 meses que establece la legislación de este impuesto. Fue denegada por caducidad.
Me parece tremendamente injusto un plazo tan corto como 6 meses para un impuesto al que se tiene derecho de devolución, sobre todo teniendo en cuenta que es un impuesto autonómico, que las empresas de fuera no conocen su funcionamiento, y todo ello, saltándose a la torera el plazo general de prescripción de 4 años de la Ley General Tributaria. Se produce un enriquecimiento injusto por parte de la Administración que termina cobrando dos veces ese impuesto, por parte del consumidor final y de la empresa que no puede recuperarlo por que se le pase ese corto plazo de 6 meses.
En fin, el caso es que estoy buscando jurisprudencia o algo a lo que agarrarme para recurrir pero no encuentro nada.
Alguien tiene alguna experiencia sobre este tema? Algo que hacer en los tribunales?
Gracias