CAPITALIZACION DESEMPLEO

zoar

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Hola.
Planteo dos preguntas a ver si alguien me puede decir algo.

A la hora de capitalizar el paro solo se puede hacer en base a unas condiciones concretas, entre otras, estar apuntado en la oficina del inem, tener más de 3 meses de prestación, etc Y la normativa dice que esta capitalización se deberá de utilizar para ingresas en una sociedad cooperativa, una SLL o SAL o para ser trabajador autónomo.

He llamado al servicio público de empleo, tel 901 119 999, y me confirman que la capitalización también se puede utilizar, para pagar los recibos de autónomo, solo para eso, en una sociedad de tipo mercantil, Sociedad Limitada.  Previamente había consultado en una oficina de la OTG y me habían dicho que no. 

Alquien sabe decirme donde puedo encontrar tal disposición, Ley, Real Decreto...donde se recoge la situación por mi planteada, es decir, poder pagar los recibos de autónomo en una sociedad de tipo mercantil.

Ah!, y alguien me puede decir donde puedo encontrar el período de permanencia como autónomo para que no estes obligado a devolver la prestación?.

Gracias
 
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