CAPITALIZACION PARO Y CREACION CB

nekeide

Miembro activo
Buenas tardes!!
Haber si algún compañero me ayuda...tengo el caso de una persona que le han despedido y quiere capitalizar el paro para la creación de una cb. El caso es que en el propio SEPE le han puesto en los papeles para aportar antes de la concesión el documento privado de constitución...vosotros sabéis si se puede constituir la empresa (aunque no se de de alta la actividad) o hay que esperar a la concesión de la capitalización???
Muchas gracias de antemano!!
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Hola. Buenos días.
sigo este hilo a ver si me podéis aclarar algo.

Una cliente ha pedido la capitalización de paro en el pago único, se la han concedido y se ha dado de alta de autónomo.
Pero ahora le han enviado la tarjeta del paro con las fechas para renovarlas. ¿ Tiene que sellar el paro aún estando de alta de autónomo? Yo entendía que al estar de alta de autónomo no tiene que renovar.
Gracias.
 

elchuske

Miembro conocido
no tiene que sellar nada, Yo tengo un par pero no de capitalizacion, Cobran paro 270 dias y pueden estar de alta en autonomos. en CB .
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Y sabéis durante cuánto tiempo tiene que estar en situación de desempleo cuando capitalizan¿?
Tenemos una cliente que ha solicitado el pago único. Se lo concedieron pero aún no le han pagado nada, y ahora ha recibido una carta en la que se lo deniegan por estar de alta en el régimen general ( se dió de alta con fecha 01.01.2025 y no nos dijo nada)
Y ahora no encuentro por ningún lado, el requisito de duración que tiene que estar en paro para que no tenga que devolver nada.
Si un autónomo solicita el pago único y no le va bien, cuánto tiempo tiene que estar de alta ¿? O tendría que devolver lo que haya cobrado si se da de alta en el régimen general ¿?
Gracias.
 

Enjfero

Miembro activo
Y sabéis durante cuánto tiempo tiene que estar en situación de desempleo cuando capitalizan¿?
Tenemos una cliente que ha solicitado el pago único. Se lo concedieron pero aún no le han pagado nada, y ahora ha recibido una carta en la que se lo deniegan por estar de alta en el régimen general ( se dió de alta con fecha 01.01.2025 y no nos dijo nada)
Y ahora no encuentro por ningún lado, el requisito de duración que tiene que estar en paro para que no tenga que devolver nada.
Si un autónomo solicita el pago único y no le va bien, cuánto tiempo tiene que estar de alta ¿? O tendría que devolver lo que haya cobrado si se da de alta en el régimen general ¿?
Gracias.
Aquí lo importante es cuando fue la solicitud de pago único y cuando empezó su actividad. Si luego fue alta en régimen general, mientras continué con la actividad que dio derecho al pago único y pueda justificarlo todo, no veo porque debería ser un problema (aunque estoy oxidado con este tema).
No hay un plazo, pero en el pago único hay que poder justificar en que te gastas el dinero, lo que no puedas justificar a devolverlo con recargo, y si queda en eso todo ha ido bien.
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Aquí lo importante es cuando fue la solicitud de pago único y cuando empezó su actividad. Si luego fue alta en régimen general, mientras continué con la actividad que dio derecho al pago único y pueda justificarlo todo, no veo porque debería ser un problema (aunque estoy oxidado con este tema).
No hay un plazo, pero en el pago único hay que poder justificar en que te gastas el dinero, lo que no puedas justificar a devolverlo con recargo, y si queda en eso todo ha ido bien.
Esta trabajadora ya se ha gastado el dinero en la inversión del negocio, y sigue funcionando de hecho. Pero se ha dado de alta como trabajadora del régimen general y es cuando le indican que no tiene derecho al pago único..

No consigo encontrar los requisitos específicos del pago único más detallados.
 

Christian

Miembro activo
las antiguas CB, son otras entidades sin personalidad jurídica.. una asociación de autónomos, como una CB pero aquí si les une únicamente una actividad económica y no es necesario un bien común.
Cuando se pusieron estrictos con la cb para cubrir ese hueco hicieron las OE
 

Samuel

Nuevo miembro
Una vez solicitado el pago único para una actividad como persona autónoma, hay que tramitar ya su alta de autónomo, 036, etc o hay que esperar a la resolución del SEPE? y si se da de alta y luego viene denegada la solicitud o le requieren cosas? la idea es empezar la actividad ya mismo, prácticamente a la vez que en la fecha de la solicitud...

Muchas gracias.
 

Naialaboral

Miembro activo
Una vez solicitado el pago único para una actividad como persona autónoma, hay que tramitar ya su alta de autónomo, 036, etc o hay que esperar a la resolución del SEPE? y si se da de alta y luego viene denegada la solicitud o le requieren cosas? la idea es empezar la actividad ya mismo, prácticamente a la vez que en la fecha de la solicitud...

Muchas gracias.
No hay que esperar a la resolucion de sepe, puedes darse de alta antes de la resolucion, yo solicite una capitalización , el 11 de septiembre, a los pocos días, le di de alta en RETA y en la AEAT el día 16, y el día 30 de septiembre llegó la resolución.
 
Última edición:

Naialaboral

Miembro activo
Una vez solicitado el pago único para una actividad como persona autónoma, hay que tramitar ya su alta de autónomo, 036, etc o hay que esperar a la resolución del SEPE? y si se da de alta y luego viene denegada la solicitud o le requieren cosas? la idea es empezar la actividad ya mismo, prácticamente a la vez que en la fecha de la solicitud...

Muchas gracias.
Te pedirán facturas y justificantes de pago , y recibos de autónomos cuando te llega la resolución, en caso de denegación ya sería ver si el autónomo puede mantener la actividad o no...pero no me ha tocado
 

Samuel

Nuevo miembro
ok gracias.
Y en el peor de los casos, que denieguen el pago único pero la trabajadora ya está con la actividad y de alta en autónomo, hacienda, etc, qué pasa con las mensualidades del Sepe que le faltan por cobrar? si se da de baja entonces retoma la prestación y si mantiene la actividad quedan pendientes de cobro para más adelante? es decir, todo en función de la viabilidad del negocio según la resolución del pago único?
saludos.
 

aliciaig

Miembro
No veis un poco complicado justificar al milímetro lo que se establece en la memoria? A una clienta le piden devolver 20.000€ por no haber justificado A TIEMPO (presentó las facturas al SEPE 1 mes despues de recibir el dinero) y en general por no justificar bien la inversión.

Ejemplo: en la memoria establece que se necesita un coche especial de 15.000 euros y al final le cuesta 11.500€

¿No veis poco proporcional que le pidan devolver la cuantía completa?
 

Naialaboral

Miembro activo
No veis un poco complicado justificar al milímetro lo que se establece en la memoria? A una clienta le piden devolver 20.000€ por no haber justificado A TIEMPO (presentó las facturas al SEPE 1 mes despues de recibir el dinero) y en general por no justificar bien la inversión.

Ejemplo: en la memoria establece que se necesita un coche especial de 15.000 euros y al final le cuesta 11.500€

¿No veis poco proporcional que le pidan devolver la cuantía completa?
No se puede justificar al milímetro todo porque puede que se presenten ofertas/ presupuestos en un principio que después por diversas razones no se hagan efectivas, pero puedes meter otras compras de importe parecido hechas despúes que justifiquen el importe solicitado aproximadamente. Hay un plazo de un mes para presentar facturas y justificantes, que se indica en la resolución.
No se que le pasó a tu clienta, pero si no justificas correctamente la inversión puede que te lo pidan devolver, pero no creo que sólo sea por el coche...
 
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