cara duras

elchuske

Miembro conocido
No tiene nada que ver con el foro, pero, seguro que algunos habéis vistos las famosas minutas de los procuradores. Una panda de sinvergüenzas por el tema que ahora diré.
Estos profesionales que no se que hacen que no pueda hacer el abogado al cual pagamos pasan minutas totalmente ilegales, lo saben, pero es un colectivo con fuerza y hacen valer sus intereses corporativos, eso si, amparados por los jueces.
Estos aplican sus minutas en base a unos aranceles del año catapum, Estos aranceles son ilegales en una economía de mercado y en un sistema capitalista.
Va en contra de la directiva de servicios y de la carta fundacional de la UE.
Europa ya le ha sancionado a España por no derogar esa ley contraria a las normas comunitarias y al sentido común.
Antes de que a Rajoy le dieran puerta la reforma de la ley estaba en puertas para su debate en las cortes. Pero el cambio dio lugar a que otra vez, y van muchas el informa de competencia duerma una vez mas en los cajones de dios sabe quien, y el debate para su derogación y/o modificación se pospone una vez sine die.
Lo que ya es el colmo de la sirvengonzoneria es que ademas de ser ilegal te metan conceptos que nada tienen que ver y que no pueden cobrar amparados en el desconocimiento de la personas.
Me explico. Si en un pleito sea cual fuera el juzgado te puede ofrecer ir a la mediación, es decir, salir del ámbito judicial y pasar al notarial. Que pinta un procurador, pues nada de nada.
Una vez llegado a un acuerdo el procurador pasa su minuta a pesar de que no ha hecho nada, ele su gracia.
Claro te sienta como una patada en semejante sitio porque a un vago tener que pagarle en base a una ley que debería estar derogada hace años no sienta bien.
Pero es que ademas en esa minuta te meten los siguientes conceptos: Acepto; correo y comunicaciones; obtención de autorización de copias; desgloses, testimonios y exhibición actuaciones. Todos estos conceptos son ilegales , lo saben y te los cuelan.
Como no voy a pagar a estos vagos que no son necesarios, impugne la minuta a sabiendas de que no tenia nada que ganar, Y efectivamente no gane, El juez no le va a llevar la contraria a uno de estos mangantes, máxime cuando la ley de aranceles sigue vigente y ninguno se quiere mojar dictando una sentencia en contra del procurador con el objetivo que termine en la comisión europea. Vamos que lo haga otro que a mi me da la risa.
Como resultado de la impugnación de esa minuta el juez si me da la razón en los conceptos antes enumerados considerándolos superfluos y por tanto indebidos los derechos contenidos en los art. 82.85 y 88 del RD.
Para general conocimiento.
Juzgado de primera instancia numero 59 de Madrid
 
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