Cartita "informativa" en contrato de relevo

CC2019

Miembro activo
Buenas tardes,

Recibo la cartita "informativa" tan de moda últimamente en el caso de una trabajadora relevista de una jubilada a tiempo parcial.

Alegan que superan los 2 años de contratacion dentro de un período de 4 (el contrato de relevo entró en vigor desde 2019 y que cumple en 2023). La trabajadora ya había estado vinculada a la empresa, anteriormente era indefinida a tiempo parcial, se fué voluntariamente, y luego volvió cuando surgió la posibilidad de acceder al relevo.

¿Qué se supone que tengo que hacer? ¿Existe la clave de contrato de relevo indefinido?

A mi lo único que me parece lógico es dejar las cosas como están, porque adicionalmente, si ahora hago la conversión en indefinido, entiendo que no podría aplicar las bonificaciones pertinentes.

A ver si alguien puede darme alguna pista...
 
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CC2019

Miembro activo
Es gracioso ésto...

E.T. Artículo 15. Duración del contrato.​

(...)
5. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3, los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
(...)
Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación a la utilización de los contratos formativos, de relevo e interinidad, a los contratos temporales celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación, así como a los contratos temporales que sean utilizados por empresas de inserción debidamente registradas y el objeto de dichos contratos sea considerado como parte esencial de un itinerario de inserción personalizado
 
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