No, si va a prestar servicios para la nueva sociedad, no hay problema alguno. Es más, entre grupo de empresas no se da la cesión ilegal si no se vulnerar derechos del trabajador. Ejemplo; trabajador contratado en una empresa del grupo, para prestar en otra, a los efectos de aplicar un convenio más rácano... Vamos, las subcontratas que hace la banca para pagar oficinas y despachos y no banca.