CIERRE CENTRO CAUSAS ORGANIZATIVAS

Alfonso

Nuevo miembro
BUENOS DIAS:
MI EMPRESA TIENE DOS CENTROS DE TRABAJO EN UNA CIUDAD. ESTA PENSADO EN CERRAR UNO DE ELLOS POR LA SITUACION ECONOMICA PERO QUIERE QUEDARSE CON LOS TRABAJADORES QUE CONSIDERA MAS PREPARADOS. ¿PUEDE HACER CAMBIOS EN ESE SENTIDO Y LUEGO CERRAR UN CENTRO?. EL DESPIDO PODRÍA SER IMPUGNADO Y CONSIDERADO IMPROCEDENTE, POR ESA CAUSA?
GRACIAS
 

Mr. White

Miembro activo
¿Por supuesto puede hacerlo o por supuesto puede ser impugnado y considerarse improcedente?, ¿ambas cosas?

En mi opinión, esa forma de "seleccionar" las personas que serán despedidas tiene un tufo a abuso de derecho bastante interesante, que podría determinar la nulidad del despido colectivo.

Por otro lado, el cambio de centro, aun cuando forme parte del ius variandi empresarial por su cercanía, medios de transporte,..., tiene como límite  que no sea una facultad arbitraria sino que debe utilizarse para una finalidad organizativa, productiva,..., de tal modo que, de no ser así, la orden empresarial para el cambio de centro deviene ilegítima por falta de causa "objetiva"...

Según el Supremo "si bien la organización del trabajo es facultad privativa de la empresa las consecuencias del uso de dicha facultad no son absolutas, ya que la organización de los servicios laborales no equivale al libre trasiego de operarios...",
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, Mr. White, pero el empresario puede seleccionar a los empleados también en función de sus preferencias, siempre que ello no sea por motivos discriminatorios, establecidos los mismos en el art. 17 LET.

Entiendo que el ius variandi no debe ser arbitrario, claro, pero sí debe de matizarse su control, pues, de lo contrario, se limitaría mucho la capacidad directiva del emrpesario. Así, si yo pienso que X es mejor que Y en un puesto de trabajo determinado, seré yo el que lo decida y el trabajador sólo en casos flagrantes puede tener algo que decir.

 
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