Cierre de empresa y trabajadores

Buenos días, una empresa quiere echar el cierre sin ningún motivo. La empresa va bien, no tiene pérdidas y no hay nada que justifique el despido de los trabajadores.

La empresa me dice que quiere pagarle 20 días a los trabajadores, pero yo no lo veo claro, no hay ningún motivo de peso para extinguir los contratos y cerrar la empresa.

Entiendo que debería de pagarle 33 días..

El ET habla de "extinción de la personalidad jurídica" como motivo para extinguir los contratos, pero pienso que deber haber algún motivo para esa extinción jurídica, bien causas por fuerza mayor, económicas, etc...

Estoy en lo correcto? o puede una empresa cerrar sin ningún motivo?

Gracias y saludos.
 

ferrarito

Nuevo miembro
Yo no estoy muy puesto en estos temas. Lo que tengo bastante claro es que 20 días por año va a ser que no.
 

Mr. White

Miembro activo
No, no tiene que indemnizar a 33/45 días...hay más opciones, los 33/45 solo s epagan si te lo dice un juez, y del despido al juez hay buen trecho...

Yo despediría a 20 días y negociaría para pagar por debajo de la improcedencia. Hay que tener en cuenta que los trabajadores tiene que pagar para reclamar (salvo afiliados qsin periodo de carencia), que el tiempo también es otro factor para negociar, entregas de carta de recomendaciones...

Todo esto bien escrito y remitido al cliente por si aca, claro.
 

carloslugo

Miembro activo
vamos a ver  me refería a que si como parece no se puede justificar el despido por causas objetivas .. la empresa vendrá obligada a pagar la indemnización por despido improcedente ... ahora bien .. claro que la empresa puede llevar la estrategia de negociar y pagar inicialmente los 20 días o una cuantía intermedia ... pero sabe que si los trabajadores van al juzgado habrá que pagar los 33 días por año ...
 

PEPEPACO

Nuevo miembro
Cuentos trabajadores tiene la empresa ????
dependiendo del numero de trabajadores deberá iniciar un ere de extinción, y sino debería ir al despido objetivo por causas organizativas , técnicos o productivas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Exacto: si hay ERE existe el peligro de que los trabajadores se cierren en banda a negociar... A no ser que se pacte no 33+45 días, sino más.... En caso contrario, si la empresa extingue unilateralmente por no haber acuerdo, se puede alegar abuso de derecho (la empresa va de puta madre y cierro) y consiguirse hasta una nulidad de la decisión extintiva: cuidado, pues.
 

Mr. White

Miembro activo
carloslugo dijo:
vamos a ver  me refería a que si como parece no se puede justificar el despido por causas objetivas .. la empresa vendrá obligada a pagar la indemnización por despido improcedente ... ahora bien .. claro que la empresa puede llevar la estrategia de negociar y pagar inicialmente los 20 días o una cuantía intermedia ... pero sabe que si los trabajadores van al juzgado habrá que pagar los 33 días por año ...

O no. Igual acaba pagando FOGASA, que solo va a los pleitos a alegar prescripción para no responder, le da igual que los empresarios hagan alzamiento de bienes, vacíen empresas para montar otras con mismo objeto,...
 

Mr. White

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Exacto: si hay ERE existe el peligro de que los trabajadores se cierren en banda a negociar... A no ser que se pacte no 33+45 días, sino más.... En caso contrario, si la empresa extingue unilateralmente por no haber acuerdo, se puede alegar abuso de derecho (la empresa va de puta madre y cierro) y consiguirse hasta una nulidad de la decisión extintiva: cuidado, pues.

Abuso de derecho podrá haber si hay acuerdo, pero si no lo hay no puede haber abuso de derecho.

 

Mr. White

Miembro activo
Lo obligatoruio es negcoiar d ebuena fe, no hay obligacióbn dellegar a acuerdos.

Si no hay acuerdo, el juez verá si se ha cumplido con lo formal (periodo de consultas, docuemnatción,...) y comprobado que eso s eha hecho bien, se meterá en la causa para ver si es procedente o improcedente.

Nulo será si no ha cumplido lo formal o haya vulneración de DDFF.
 
Buenos días y gracias por responder a todos.-

Pues la empresa no es muy grande, tiene 7 trabajadores. De lo que quería cerciorarme, ya que el empresario va a empezar por pagarles 20 días, era asesorar a éste que los trabajadores tienen las de ganar en caso de ir al juzgado, o sea, que no hay motivos para cerrar la empresa y los despidos son improcedentes en todo caso, ya el negociar es otra cosa..

En cuanto al ERE, entiendo que cabe cuando hay causas que lo fundamenten, económicas, técnicas... las que sean... pero en este caso, al ser tan porque sí, pues no veo otra forma de extinción de los contratos sin que puedan ser declarados improcedentes (al margen de la posible negociación y llegar a un acuerdo.)

No creo que los empleados estén muy de acuerdo por lo último que hablé, y creo que habrá al menos un SEMAC..

Gracias a todos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Tienes razón, Mr. White en cuanto a lo de abuso de derecho. Pero, en todo caso:

1.- El acuerdo, si lo hay, puede impugnarse por la autoridad laboral: empresa que va viento en popa, pero que cierra, ¿fraude para cobrar prestaciones? No sé...

2.- No hay acuerdo: a ver cómo se lleva a cabo el periodo de consultas, para no apreciar mala fe en la negociación....

 

Mr. White

Miembro activo
Por supuesto siempre puede haber fraude, y más en España Fraudelandia.

Los jueces tiene especial devoción por los requisitos formales para tumbar y anular ERES (que si no dio documentación, que si no hizo contrapropuestas, que si había grupo o no, ...), en el fondo entran poco, por lo que hay que ser muy cuidadoso con todo lo formal, los sindicatos se lo saben y te piden todo lo que pueden y más para que les deniegues y con eso alegar falta de buena fe y falta de entrega de documentación...
 

Noviembre

Miembro
Una idea que no tiene nada que ver con lo que propones, depende de los planes del dueño, de que sea la empresa y muchas cosas más pero... ¿podrían los trabajadores comprar el negocio y montar una cooperativa? no es el primer caso que antes de quedarse en la calle se hace algo así y si la empresa funciona es una pena...
 
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