cierre de negocio por jubilación.

nacho

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Me gustaría conocer vuestros pareceres sobre la siguiente cuestion:
empresario ( persona fisica) que se jubila el 14/01/2010 (cumple años) con un trabajador por cuenta ajena. Pretende mantener el negocio durante tres meses para liquidación de existencias ejerciendo durante este tiempo la mera titularidad del negocio. Llegado el momento del cierre, podría en este caso rescindir el contrato del trabajador por jubilación(indem. mes salario ) o por el hecho de estar ya jubilado desde el 14/01/2010 (efectos económicos 01/02/2010) ya no puede hacerlo así y se tramitará como despido. Conoceis algo de jurisprudencia al respecto.

Si quisiera el hijo continuar con el negocio, cuanto debería estar cerrado el mismo - criterios jurisprudenciales- para que no se entienda una sucesión de empresa y el trabajador no pueda demandar por despido improcedente.

Muchas gracias por vuestras opiniones.
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
Hola, yo tuve un caso parecido el año pasado, optamos por dar de baja la actividad y despedir al trabajador por jubilacion del empresario el mismo dia de cumplir los 65, en el inss me dieron ese mismo dia resolución sobre la jubilación ya que se solicitó 30 dias antes. Consulté la posibilidad de mantener la actividad algunos meses y llegué a la conclusión de que no había problema, la extinción ocurre cuando hay resolución sobre la jubilación y solo tendrás resolución si antes la has solicitado, no se si me explico. Yo opté por dar preaviso al trabajador cuando solicité la jubilación, y una cosa... los efectos económicos son al mes siguiente pero el jubilado lo es desde el dia de la resolución, de hecho en el documento del INSS habla de la fecha en la que cumple la edad de jubilación, afirmando de que lo es desde ese momento.
Respecto a la sucesión, pues miré algo de jurisprudencia en su momento, pero no podría decirte nada claro, prefiero no arriesgarme, pero entiendo que si la empresa es desmantelada por completo y posteriormente el hijo comienza su actividad en el mismo local no debería haber sucesión, pero ese es mi parecer personal, claro.
Saludos.
 
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