CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD

CANDU

Miembro
Una empresa quiere hacer firmar a sus trabajadores una clausula de confidencialidad, es decir," no pueden revelar o divulgar información ni utilizar para su propio beneficio la información relacionada con el ejercicio de sus funciones...".Esto sería motivo de despido según el art.54.2.d) (trasgresion de la buena fe contractual) del Estatuto de los Trabajadores. El problema viene que quiere que la obligación de confidencialidad este vigente durante el contrato y un plazo adicional de 5 años contados a partir de la extinción del contrato y además que el incumplimiento irá por lo penal.
Me gustaría saber si hay algún artículo de la Ley donde me pueda basar para el plazo adicional de 5 años o el ponerlo es ilegal. Muchas gracias y a ver si me podeis orientar.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No lo veo ilegal. Una cosa es la confidecialidad y, otra diferente, no competir con la empresa. No tiene nada que ver y es natural poner la cláusula en cuestión, que puede devengar daños y perjuicios en favor de la empresa.
 

uxio

Nuevo miembro
si y no . Siendo una materia distinta su extesion mas alla de los dos años del articulo 21 del estatuto es causa de polemica. Hay quien opina que si la informacion no es vital, lo que supone una carga previa de valoracion, no hay porque guardarla mas alla de los dos años. Ahora bien si esa informacion esta protegida por patentes o por declaracion previa de secreto, pues tedriamos que aplicar la ley correspondiente a esas materias.

La via penal es mas que discutible y salvo casos muy concretos inviable. La solicitud de daños y  perjucios se encuentra con otro problema ¿ante que jurisdiccion ? civil o laboral . Ademas que los daños y perjucios es una de las acciones que  mas dificil llegar a buen puerto.

Mucho me temo que esas clausulas de conficialidad muchas veces son papel mojado. 
 
Arriba