clausulas contrato de trabajo

lubo

Miembro
Buenos días.

Viernes calentito para terminar la semana: una empresa de peluquería y estética quiere incluir en las clausulas adicionales de los contratos de trabajo de sus trabajadores, lo siguiente:

1. Que el trabajador deberá asumir cualquier trabajo deficientemente realizado, rehaciendo el peinado realizado al cliente, o descontándole del salario el precio del peinado. Esto último no me parece correcto.

2. Que al trabajador se le descontará del salario los desperfectos que cause con el material de la empresa (secadores, afeitadoras, etc).

No sé, a mi no me parece clausulas correctas cuando les afecte al salario de los trabajadores. Que opináis??

Gracias

Saludos
 

David Groove

Nuevo miembro
Ilegal, mayormente. Si procediera sanción disciplinaria por sus acciones, pues la que toque, pero ese clausulado lo veo ilegal.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, si se trata de situaciones que puedan calificarse como de falta de diligencia, desobediencia de instrucciones recibidas, ´bajo rendimiento reiterado y voluntario, etc. cabría sansiones disciplinarias (amonestaciones, suspensión de empleo y sueldo, incluso, pero ya en casos graves o muy reiterados, despido).
Pero tal como lo plantean entiendo que supone una multa de haber expresamente prohibida por el ET.

Saludos
 
N

Nana

Guest
Totalmente de acuerdo con Nando y David

Si no hace diligentemente su trabajo que sancionen, pero bueno, a este paso nos van a cobrar por desgastar los bolis! :eek:

Y si se ponen flamencos pues las pones pero les avisas de que son nulas de pleno derecho :mad:
 

lubo

Miembro
Gracias, si, yo opino igual que vosotros, para eso está el régimen disciplinario.

El problema está en la justificación de la imposición de las faltas, este caso es una sociedad civil con 2 socios autónomos que tienen actualmente 1 trabajador, en caso de que el trabajador cometa una falta leve, grave o muy grave no tiene testigos más que los clientes que sufran descuidos a la hora de prestar los servicios, porque el trabajador se va a negar a firmar la amonestación por escrito.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, no dejan de ser clásulas penales, no multas. Si los desperfectos son por un uno negligente de los aparatos sí, se pueden pedir daños y perjuicios al trabajador. Lo mismo si el mal peinado es debido a negligencia del trabajador. Eso sí, se debe demostrar que el daño es causado por dicha actitud negligente.
 
Arriba