Hola Buenos días,
Hay una trabajadora que no sigue en la empresa, por no superar periodo de prueba, pero a la que le quedan un par de ventas a cobrar comisiones.
Con las ventas segun lo pactado, las comisiones se cobran cuando la empresa concluya el trabajo y las cobre, en la nómina del mes siguiente, cosa que a veces se dilata meses, y además en algunos casos la operación puede no llevarse a efecto ( y que sea no recamable), por variados factores, o puede variar la cantidad final ( no es nada inusual). La trabajadora estaba contratada a tiempo completo segun convenio + comisiones por ventas
Yo como empresario quiero pagarle las comisiones, cuando la empresa las cobre como siempre, pero si la persona, ya no trabaja en la empresa, ¿como se las puedo abonar, para que sea legal, y no lleve a problemas a ninguna de las partes?
Gracias
Hay una trabajadora que no sigue en la empresa, por no superar periodo de prueba, pero a la que le quedan un par de ventas a cobrar comisiones.
Con las ventas segun lo pactado, las comisiones se cobran cuando la empresa concluya el trabajo y las cobre, en la nómina del mes siguiente, cosa que a veces se dilata meses, y además en algunos casos la operación puede no llevarse a efecto ( y que sea no recamable), por variados factores, o puede variar la cantidad final ( no es nada inusual). La trabajadora estaba contratada a tiempo completo segun convenio + comisiones por ventas
Yo como empresario quiero pagarle las comisiones, cuando la empresa las cobre como siempre, pero si la persona, ya no trabaja en la empresa, ¿como se las puedo abonar, para que sea legal, y no lleve a problemas a ninguna de las partes?
Gracias