COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD EMPRESA

MICA

Miembro activo
¿Alguien que esté puesto en el tema?

Empresa que ahora de repente (bueno mentira... simplemente que ha contratado un servicio ajeno para que le gestione PLAN DE IGUALDAD) y obviamente le solicitan que debe tener COMITÉ EMPRESA, COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD... y obvio llevan años sin nada de eso (y sí son más de 50 e incluso de 100 trabajadores), obviaremos los motivos.

Si me podéis orientar con el procedimiento, documentos a formalizar, anexos a cumplimentar,... hay que presentarlo a la Autoridad Laboral, me ha parecido leer que desde hace unos años no es necesario.

Voy algo missing con esto... así que os lo agradezco.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Primero negar la mayor (respecto a lo que os han dicho desde el servicio ajeno de prevención de riesgos).
Aunque sean más de 50 o 100 de plantilla (como si son 400), no es obligatorio tener representación legal de los trabajadores (ya sean delegados de personal o comité de empresa, según volumen de plantilla).
Tener RLPT o no depende de que quien tene legirimidad para ello (los propios trabajadores, los sindicatos más representativos...) hayan promovido las elecciones sindicales. Si quien puede no ha tenido hasta ahora la iniciativa de hacerlo... pues no hay RLPT
Y sin RLPT no hay delegados de prevención (salvo que el convenio de aplicación contempe algun sistema alternativo, en estos casos, para designar a los delegados de prevención), que son los que ejercen la representación de los trabajadores en los comités de seguridad y salud.
Y como los delegados de prevención se designan por y entre los delegados de personal o miembros del comité de empresa , sin delegados de prevención no puede haber comité se seguridad y salud (pueden montar algo parecido, pero no será propiamente un comité de seguridad y salud, le llamen como lo llamen).

A ver, el RD 902/2020 regula cómo debe llevarse a cabo la negociación de los planes de igualdad y ante los diversos supuestos, desde los casos en los que existe RLPT en todos los centros de trabajo, en los que existe en unos centros y en otros no y cuando no existe en ningún centro. Si estamos en este último caso, habrá que organizar la negociación como está expresamente contemplado para ese caso (llamamiento a los sindicatos más representativos...).

Y es que esto de los planes de igualdad... tiene su miga, no se trata solamente de contratar a un servcio de prevención para que "lo gestione" (que yo tampoco acudiría necesariamente a un serivcio de prevencion, hay consultorías, gabinetes jurídicos especializados en el tema, no es, ni mucho menos, simplemente prevención), hay que negociarlos... hay cuestiones como la auditoría salarial que requiere de especialistas (y que no son prevencionistas).

En fin... pero vaya, que lo que hya que acometer es la negociación, comn o sin Comité de Empresa, Comités de Seguridad y Salud,...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero vaya, si llevan años (siendo más de 50 trabajadores) así... lo que les debe preocupar es tener el plan de igualdad (y la auditoría retibutiva que en el fondo forma parte del diagnóstico del mismo), que ya van con un retraso de varios años.
Lo de si tienen comité de empresa, comité de seguridad y salud... lo dicho, si ni los trabajadores ni sindicatos han tenido hasta ahora la iniciativa de promover elecciones... es ellos a quien les incumbe, no a la empresa, en ese aspecto, nada anómalo.
 
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