como puedo despedir a un socio trabajador de una SL

sandokangg

Nuevo miembro
somos 2 socios uno al 75% no trabajador, y el otros al 25% que es administrador de la sociedad y trabajador en el regimen general con un contrato indefinido, lleva 4 años, la pregunta es si puedo despedirlo , y si tiene que haber alguna causa objetiva o si el maximo accionista lo quiere hacer porque si y que indemnizacions se requiere es ambos casos, aunque el otro socio no quiera.


 

FERNANDO

Miembro conocido
Puedes despedirlo si está en el régimen general. Por lo visto; existen dos relaciones diferentes: una mercantil, que se mantiene, y, otra ,laboral, que es la que se extingue. La causa será la misma que para cualquier trabajador de régimen general.

 

jcg73

Miembro activo
Aunque yo entiendo que el socio al que se quiere despedir debería estar en el régimen de autónomos, entonces se trataría de una relación laboral de carácter especial y por ende, no estaría dentro del ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores, no lo veis así?
 

BSK

Miembro activo
sandokangg dijo:
somos 2 socios uno al 75% no trabajador, y el otros al 25% que es administrador de la sociedad y trabajador en el regimen general ....

Tal como lo cuentas entiendo que está MAL ENCUADRADO si tiene un 25 y tiene dirección y gerencia VA A AUTÓNOMOS, a lo mejor es que te hemos entendido mal. Si es que lo habéis dado de alta en régimen general de manera irregular, a lo mejor si que váis a tener problemas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, depende; puede estar encuadrado en ambos regímenes, sin compatiza trabajo como administrador (llevando la gestión), con trabajo por cuenta ajena (llevando la contabilidad, por ponber ejemplo). Entonces, debería estar de alta en ambos regímenes.
 

jcg73

Miembro activo
Por lo que entendí en la conferencia en el colegio de g.s. de Barcelona sobre las retribuciones de los administradores, para que se entienda que es una relación laboral  independiente del cargo debe ser una actividad que no conlleve las propias de la dirección y gerencia de la sociedad, llevar la contabilidad por ejemplo se puede entender que forma parte de la gerencia. No crees Fernando?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sì, jg763, es cierto lo que oíste en la conferencia pero, llevar la contabilidad, no es algo propio de la gerencia, pues no son tareas inherentes a la personalidad jurídica de la empesa, sino trabajos de mera gestión.
 
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